BUENAS PRÁCTICAS PRODUCTIVAS (SEMILLAS)

Con fundamento en lo establecido en los artículo 7 apartados A y D; 9 numeral 3; 10 apartado A; 13 apartado A numerales 1 y 2; 52 numerales 1y 4; 53  apartado A, en sus fracciones I, III, XI, XII, XIII, XIX y XXI; trigésimo transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 1, 20 fracciones I, III, XIII, 29 fracciones I, VIII,XIII y XVI, 30, 31 fracciones I, III y X; 35 fracción II, de la de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 123, 124, 128 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicios de Recursos de la Ciudad de México; 1, 21 y 22 de la Ley de la Transparencia, Acceso a la Información y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, los lineamientos para la elaboración de acciones sociales 2022, y el acuerdo por el que se delegan diversas facultades al titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, reconocidas al titular de la Alcaldía en los artículos 31 fracciones III, IX, XV, XVI; 32 fracciones I, VI, VII, VIII, IX u XII; 34 fracciones III, IV, IX y 37 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, el día 04 de noviembre de 2021, he tenido a bien emitir el siguiente:

 

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN, DE LA LÍNEA DE ACCIÓN INSTITUCIONAL “BUENAS PRÁCTICAS PRODUCTIVAS” (SEMILLAS) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022 A CARGO DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS.

  1. Nombre de la acción

Buenas Prácticas Productivas (Semillas)

  1. Tipo de Acción social

Apoyo con semilla a productores de la Alcaldía la Magdalena Contreras que realizan buenas prácticas.

  1. Entidad responsable:

La Alcaldía de La Magdalena Contreras.

3.1 Unidades Administrativas involucradas en la operación:

Unidades Administrativas involucradas en la operaciónFunción que realizan
Dirección de Asuntos Territoriales y HábitatEs la responsable de dirigir, coordinar y supervisar la ejecución de la acción social.
Subdirección de Hábitat y AsentamientosEncargada de la operación e instrumentación de la acción social, asimismo, concentra, sistematiza e integra los expedientes de las personas beneficiarias de manera digital y resguarda la información física.
Jefatura de Unidad Departamental de Supervisión de AsentamientosEncargada de integrar padrón de beneficiarios y supervisión aleatoria
Jefatura de Unidad Departamental de Hábitat y ViviendaEncargada de sistematizar e integrar expedientes.
Dirección General de Administración y FinanzasResponsable de llevar a cabo los procedimientos de contratación de los insumos necesarios para realizar la presente acción
Coordinación de Comunicación SocialResponsable de establecer los mecanismos digitales que considere para la correcta difusión de la acción social

  1. Diagnóstico

 

4.1 Antecedentes

En el suelo de Conservación, con base al Programa General de Ordenamiento Ecológico del Distrito Federal, La Magdalena Contreras de acuerdo al programa provisional de gobierno marzo 2019 – marzo 2020 del gobierno de la Magdalena Contreras (2019) se afirma una disminución en la producción por tonelada conforme pasan los años, sin embargo, mencionan un alza en la capacidad de producción por superficie de tierra cultivada, esto se debe al aumento en el valor de algunos productos agrícolas producidos en la demarcación. Algunos de los cultivos realizados en la Magdalena Contreras son: avena forrajera, calabacita italiana, capulín, chabacano, ciruela, durazno, elote, frambuesa, frijol, haba verde, hongos setas y champiñones, hortalizas, maíz grano blanco, manzana, pera, rosas, tejocote, jitomate, zarzamora (Sistema de Información Agrícola y Pesquera, 2019).

4.2 Problema o necesidad social.

Actualmente la calidad de vida de los capitalinos y Contrerenses se ve mermada ya que el suelo de conservación representa un interés para el desarrollo inmobiliario, el desdoblamiento natural de los asentamientos humanos, las necesidades de vivienda y la plusvalía del suelo de conservación en la ciudad, generando una presión económica  importante en la zona rural por cambiar  el uso de suelo; ante esta situación, la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat  es la encargada de coadyuvar a vigilar y mantener el suelo de conservación que es donde se encuentran inmersas las zonas agrícolas y pecuarias de la Alcaldía, propone acciones integrales  que prevengan el crecimiento desordenado de estos asentamientos y se den alternativas para seguir conservando las zonas productivas a través de buenas prácticas y apoyo con semillas, y por ende se siga beneficiando de estos Servicios Ambientales a la Ciudad de México.

 

4.3 Justificación y análisis de alternativas

Dentro de los espacios periurbanos se encuentran las áreas verdes denominadas “suelo de conservación”, dichas zonas son de suma importancia para mantener el ambiente y el bienestar social porque proporcionan servicios ambientales a nivel local, regional o global. Por ello, la conservación de estas áreas es importante y una medida para lograrlo ha sido la preservación de la agricultura en estas zonas, debido a su uso como barrera para el crecimiento del área urbana (Yacamán 2017), la agricultura practicada en las zonas periurbanas representa beneficios para la ciudad, uno de los beneficios de la interacción entre la ciudad y la agricultura periurbana, de acuerdo con la FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, 2015) es el proporcionar alimentos a la ciudad, pues la agricultura periurbana podría ayudar a la seguridad alimentaria de la población urbana con la disponibilidad de suministros

Se estima que anualmente se pierden entre 150 y 200 ha de bosques y zonas agrícolas, de acuerdo a la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México (SEDEMA, 2016)

Ante este escenario, se busca contener el crecimiento de Asentamientos Humanos Irregulares en la Alcaldía La Magdalena Contreras, proteger y conservar los espacios rurales y los recursos naturales del suelo de conservación ecológica, a través de buenas prácticas productivas, mejorando las condiciones de habitabilidad de los habitantes de ésta zona.

Garantizar la permanencia de los recursos naturales que generan bienes y servicios ambientales, de los cuales depende la subsistencia de la población de la Ciudad de México, maximizar la capacidad productiva, minimizar los conflictos ambientales, coadyuvar a la recarga de acuíferos y a la preservación de la diversidad biológica y productiva de la zona, prevenir que habitantes se establezcan en zonas de alto riesgo.

Se considera un programa temporal y ágil, ya que con la presente línea de acción se plantea la capacidad de respuesta, ante el contexto en el que está actualmente inmerso las zonas de producción rural en un ambiente dinámico y cambiante ante la presión urbana.

  1. Definición de la Población Objetivo beneficiaria

Se estima atender hasta 250 beneficiarios, que habiten en la Alcaldía La Magdalena Contreras, mayores de 18 años con experiencia y que cuenten con espacio para la producción agrícola implementando buenas prácticas (No uso de agroquímicos) y que cumplan con los requisitos de acceso al apoyo de “buenas prácticas (Semillas)” en tiempo y forma.

  1. Objetivos General y Específicos

 

6.1 Objetivo General

Coadyuvar en el ordenamiento territorial para La Magdalena Contreras, protegiendo el suelo de conservación, mejorando la habitabilidad de las familias Contrerenses consolidando la franja de producción agroforestal;  Impulsando las actividades agrícolas en la demarcación mediante el apoyo de semillas, fertilizantes, insumos y/o materiales para la producción, ayudando a la disminución costos de producción aumentando los rangos de rentabilidad que permitan asegurar mejores rendimientos, contribuyendo a la seguridad alimentaria de las familias de los productores, así como la integración de la población vulnerable en actividades productivas dentro de las Unidades de Producción Familiar (UPF) Contrerenses.

6.2 Objetivos especificas

6.2.1 Apoyar a productores de la Alcaldía La Magdalena Contreras, con semillas e insumos asegurando que, a través de buenas prácticas agrícolas, mantengan e incrementen la rentabilidad de sus unidades productivas.

6.2.2 Contener el crecimiento de los asentamientos humanos irregulares en suelo de conservación a través del arraigo a sus tierras, preservando el suelo de conservación y agrícola.

6.2.3 Fortalecer la producción agrícola en la demarcación, coadyuvando a la disminución de costos de producción en beneficio de los productores, contribuyendo a la seguridad alimentaria de los productores agrícolas y sus familias.

  1. Metas Físicas

Entregar hasta 250 apoyos para buenas prácticas productivas a través de semillas e insumos a productores agrícolas de la Alcaldía La Magdalena Contreras.

Brindar apoyo a los productores de la demarcación que  realicen las actividades agropecuarias a cielo abierto y en condiciones de invernadero mediante el apoyo con insumos agrícolas, semillas, fertilizantes orgánicos y/o biológicos, plástico para invernadero con el propósito de fomentar y preservar las actividades productivas, los usos y costumbres de los pueblos originarios de la demarcación, además del fomento y la adopción de buenas prácticas que coadyuvan con la conservación de los recursos naturales que proporcionan los servicios ambientales en beneficio a los pobladores de la Ciudad de México y la Zona Conurbada.

 

  1. Programación Presupuestal

8.1 Presupuesto de $2,000.000.00 (Dos millones de pesos 00/100 M.N.).

8.2 Erogación de la Línea de Acción

Línea de AcciónConcepto de apoyoFrecuenciaTipo de BeneficiariosUnidad de Medida
Buenas Prácticas Productivas (Semillas)Semilla de habaÚnicaProductor agrícolaApoyo
Buenas Prácticas Productivas (Semillas)Hortalizas (calabacita, lechuga, jitomate, espinaca, acelga, arugúla, chícharo, cilantro y pepino).ÚnicaProductor agrícolaApoyo
Buenas Prácticas Productivas (Semillas)Semilla de avena y ebo forrajeroÚnicaProductor agrícolaApoyo
Buenas Prácticas Productivas (Semillas)Plástico para invernaderoÚnicaProductor agrícolaApoyo
Buenas Prácticas Productivas (Semillas)Fertilizante biológico /gallinaza/pollinaza/humus líquidoÚnicaProductor agrícolaApoyo

8.3 “El apoyo por beneficiario está determinado por la superficie de los espacios destinados para la actividad agrícola, considerando la densidad de siembra de cada concepto de apoyo, el apoyo máximo por productor será de $15,000.00”, tanto para la producción a cielo abierto como para la producción en condiciones de invernadero.

8.4 Solo podrán otorgarse apoyos hasta donde lo permita el presupuesto asignado para tal rubro o concepto. Esta línea de acción se operará y se ejecutará directamente por la ventanilla de atención que designe la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat por lo que no incurre en gastos operativos, técnicos o administrativos en su implementación.

  1. Temporalidad

La acción social iniciará el 22 de abril de 2022 y concluirá el 22 de agosto de 2022.

  1. Requisitos de acceso
  2. a) Realizar buenas prácticas en su proceso productivo cuya parcela y/o unidad de producción se encuentre dentro de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
  3. b) No recibir apoyos o beneficios de programas similares al solicitado por el Gobierno de la Ciudad de México o por el Gobierno Federal.
  4. c) Tener 18 años cumplidos.
  5. d) Cumplir con los requisitos establecidos en tiempo y forma de acuerdo con la convocatoria emitida por la Alcaldía La Magdalena Contreras a través de la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat y/o la Subdirección de Hábitat y Asentamientos, quienes coordinarán la entrega, calendarización y verificación de cada una de las actividades, de conformidad e la convocatoria.
  6. e) Acudir personalmente en la fecha y horario indicado para la entrega y recepción del apoyo, mismo que se efectuará de acuerdo con la convocatoria que se establezcan para tal efecto.

10.1 Documentos necesarios.

  1.  Identificación oficial con fotografía. (Original y copia para cotejo).
  2. Copia del Clave Única de Registro de Población (CURP) de la o él solicitante, en caso de que no se encuentre vigente en la Identificación oficial, o no se contenga.
  3.  Constancia de Productor, anuencia y/o posesión pacifica emitida por autoridad Ejidal/Comunal o por la Alcaldía La Magdalena Contreras, mencionando el (los) predio (s) de donde se solicita el apoyo.
  4. Croquis del (los) predio(s); indicando la ubicación, colindancias y superficie motivo del apoyo

10.2 Procedimiento de Acceso

Al publicarse la Convocatoria, las y los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos deberán acudir a solicitar su incorporación a la línea de acción con la documentación completa, en la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat, ubicada en Río Blanco s/n, Colonia Barranca Seca, Alcaldía La Magdalena Contreras, Código postal 10580, Ciudad de México, en un Horario de 9:30 a 14:00 hrs. de lunes a viernes.

Una vez verificado que la documentación ésta completa se procederá a llenar la solicitud de apoyo proporcionada por la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat y se integrará el expediente, la cual se complementará con una inspección ocular del predio del solicitante y se integrará una base de datos para realizar la entrega del apoyo, con base a una dictaminación.

La persona solicitante podrá conocer el estado de su trámite, y su aceptación o no de la Línea de Acción Buenas Prácticas Productivas (Semillas) de forma personalizada, asistiendo a la oficina de la Subdirección de Hábitat y Asentamientos una vez finalizada la convocatoria.

Las personas solicitantes que serán incorporadas a la línea de acción social, formarán parte de un padrón de personas beneficiarias, que conforme a la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal será de carácter público, siendo reservado sus datos personales, de acuerdo con la normatividad vigente; los cuales en ningún caso podrán emplearse para propósitos de proselitismo político, religioso o comercial, ni para ningún otro fin distinto al establecido en las Reglas de Operación del Programa y/o línea de acción Social.

En el caso que se presente una situación de contingencia, desastre o emergencia en la Ciudad de México, los requerimientos y documentación a presentar para la inclusión de esta Línea de Acción, podrían variar, en cuyo caso, se emitirán los lineamientos específicos para su inserción.

 

  1. Criterios de elección de la población.

La entrega de los apoyos para buenas prácticas, serán elegidos con base a lo establecido en los lineamientos de operación.

11.1 Cuando por razones presupuestales no se pueda alcanzar la plena cobertura y las solicitudes impliquen recursos mayores a los disponibles, se harán explícitos los criterios con los que se priorizará la inclusión de las personas a la línea de acción.

11.1.1 Cuando no sea posible garantizar el acceso universal a la acción social, se optará por la focalización territorial, otorgando prioritariamente los entregables a la ciudadanía que cumplan con las características de la población objetivo y que residan en las unidades territoriales y colonias que cuenten con índices de desarrollo social más bajos.

11.1.2 Cuando no sea suficiente la focalización territorial, se añadirá un criterio de priorización por grupos de edad y ciclo de vida, en función de la naturaleza de la línea de acción, que otorgue prioritariamente las ayudas, por ejemplo, jóvenes o adultos mayores comprendidos en un determinado rango erario.

11.1.3 Cuando no sean factibles los criterios previamente referidos, se adicionará un mecanismo transparente de aleatorización y sorteo para el otorgamiento de beneficios, apoyos, transferencias a la población, que permita seleccionar de forma clara a las personas beneficiarias de la acción entre el universo de la población que sufre el problema y tiene derecho a recibir entregables que otorgará a la acción.

11.1.4 Podrán entregarse beneficios de forma justificada a grupos específicos y claramente delimitados de poblaciones que sufran de algún problema y tiene derecho a recibir los entregables que otorgará la acción.

11.1.5 Algunas acciones podrán integrar un criterio de asignación de puntajes a través de la valoración de rubros previamente definidos para la selección de las personas beneficiarias o personas facilitadoras de servicios o en acciones que impulsen proyectos comunitarios, de fomento económico o de sociedad civil.

11.1.6 Como norma y salvo excepciones, el criterio de prelación o el orden de solicitud no deberá ser utilizado para la elección de la población beneficiaria, usuaria o en su caso, facilitadora de servicios de la acción social.

  1. Operación de la acción

La Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat supervisará que las actividades se realicen en tiempo y forma por su Unidad Administrativa, siendo ésta la Subdirección de Hábitat y Asentamientos.

12.1 Operación

Se pública la convocatoria en los medios establecidos.

Se recibe la documentación con base a los puntos 10 y 10.1 del presente instrumento.

Se sistematiza la información obtenida, se verifica que se cumplan con los requisitos y documentación necesaria y se integra el Padrón de Beneficiados de la presente línea de acción.

Se entrega el apoyo en forma personalizada a las personas que cumplan con los requisitos establecidos.

Todos los datos personales y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México y la Ley de Protección de

Datos en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

De acuerdo al artículo 38 de la Ley de Desarrollo Social para la Ciudad de México y su artículo 60 de su Reglamento, todo material de difusión, convenios, cartas compromiso y otros instrumentos que se suscriban o formalicen deberán llevar la siguiente leyenda: “Esta acción es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de esta Acción Institucional con fines políticos electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de esta Acción Institucional en la Ciudad de México será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad Competente”.

Durante los procesos electorales, en particular en campañas electorales no se suspenderá el apoyo, sin embargo, atendiendo a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse en los procesos electorales, los beneficios de la acción social no serán entregados en eventos masivos o modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral.

Todos los trámites y formatos a realizar son gratuitos. Los aspectos no previstos en el presente instrumento serán resueltos por la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat.

  1. Difusión

La difusión de la línea de acción se realizará a través de la Convocatoria que será publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, y en las redes sociales oficiales de la Alcaldía La Magdalena Contreras, así como en su página oficial www.mcontreras.gob.mx

Se difundirá la convocatoria en instalaciones de la alcaldía en La Magdalena Contreras, así como en las instalaciones de las oficinas de los núcleos agrarios de ésta demarcación territorial.

Se darán informes en la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat, ubicadas en Río Blanco s/n, Colonia Barranca Seca, Alcaldía La Magdalena Contreras, Código Postal 10580, Ciudad de México o en el teléfono 55 5449 6075, 55 5449 6077.

La ventanilla, periodo y horarios de atención para la entrega de documentación, se colocará en lugares visibles de las oficinas de la Alcaldía y se publicará en redes sociales oficiales.

  1. Padrón de Beneficiarios

La Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat a través de su unidad administrativa, integrará un padrón de personas beneficiarias, conforme al mandatado por el capítulo seis del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, el cual contendrá al menos los siguientes campos.

  1.  Nombre Completo
  2.  Lugar y Fecha de Nacimiento
  3. Sexo
  4. Edad
  5. Pertenencia étnica
  6. Grado Máximo de Estudios
  7.  Ocupación
  8.  Superficie sembrada
  9. CURP

La Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat, a través de la Subdirección de Hábitat y Asentamientos, procederá a llevar a cabo la supervisión y verificación de la información y documentos contenidos en la solicitud, a través de revisión de expedientes de manera aleatoria.

Cuando la unidad responsable de revisión del trámite detecte falsedad en la información, documentos y/o declaraciones, de manera inmediata suspenderá el apoyo.

  1. Criterios de Exigibilidad, inconformidad y rendición de cuentas.

Las personas que deseen interponer una queja lo podrán hacer de la forma siguiente:

Solicitando audiencia o presentar su queja mediante escrito libre dirigido al (la) Titular de la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat de la Alcaldía La Magdalena Contreras; mismo que deberá ser entregado en la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat ubicada en Río Blanco s/n, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, CDMX, o a los tel. 55 5449 6075 y 6078 en horario de 9:00 a 14:00 horas. Las quejas sobre la Línea de Acción, las podrá realizar el(la) solicitante, si considera que se le excluye, incumple o contravienen, las disposiciones previstas en la Ley y la Línea de Acción.

Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:

  1. Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) del solicitante que presenta la queja.
  2. Motivo de la queja.
  3. Narración sucinta de los hechos que motivan la inconformidad.
  4. Una vez interpuesta la queja o inconformidad, la Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat dará el seguimiento y emitirá respuesta en un plazo no mayor a 10 días hábiles. La respuesta se notificará en el domicilio del interesado(a)

En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Línea de Acción no resuelva la queja, las personas beneficiarías o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos o por incumplimiento de la garantía de acceso a la acción social ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien, registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarla a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso la instancia correspondiente. de la misma forma, a la Contraloría General de la Ciudad de México.

 

  1. Evaluación y monitoreo

La evaluación externa podrá ser realizada en cualquier momento durante la implementación de la acción o posteriormente por Evalúa.

 

Indicadores de Gestión y de Resultados

De acuerdo con la Metodología de Marco Lógico, se presentan los Indicadores para evaluación y monitoreo.

Se fijan los indicadores de porcentaje de cumplimiento de las metas como los valores mediante los cuales se definirá la evaluación del cumplimiento, el desempeño y operación de la línea de acción.

La fórmula de verificación de metas será: Apoyos entregados/ Metas físicas * 250 productores

Nivel de objetivoObjetivoNombre del IndicadorFórmula de cálculoUnidad de medidaFrecuencia / periodo de cálculoUnidad ResponsableMetaMedios de Verificación
PropósitoContener Asentamientos Humanos Irregulares, Proteger y conservar los espacios rurales y los recursos naturales del suelo de conservación ecológica, a través de las actividades productivas, otorgando apoyos para realizar buenas prácticas productivasSuperficie contenida en suelo de conservación, realizando buenas prácticas productivas (semillas)( Número de superficie contenida / número de superficie estimada)X 100% de ApoyoAnualDirección de Asuntos Territoriales y Hábitat /
Subdirección de Hábitat y Asentamientos
250 hectáreasPadrón de Beneficiarios
ComponenteBuenas Prácticas Productivas (Semillas)Porcentaje de Apoyos con semillas para realizar buenas prácticas productivas( Número de apoyos al período / número de apoyos programados )X 100% de ApoyoTrimestralDirección de Asuntos Territoriales y Hábitat /Dirección de Asuntos Territoriales y Hábitat.250 ApoyosPadrón de Beneficiarios