AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA “METAS CUMPLIDAS (GRADUACIÓN)” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

ALCALDÍA EN LA MAGDALENA CONTRERAS

 

EDGAR OMAR PINEDA BARAJAS, DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL, con fundamento en los artículos 52 numerales 1 y 4; y 53 apartado A numerales 1, 2 fracciones VIII y XIII, numeral 12 fracción VIII, apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII; así como del Trigésimo Transitorio de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 4, 6 fracción X, 11 fracción II párrafo Segundo y Noveno transitorio de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 4, 6, 9, 20 fracciones II y XIII, 29 fracción VIII, 30 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracción I, 4 , 7, 49 y 54 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad De México; artículos 123, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; Lineamientos de Operación de las Acciones Sociales para el Ejercicio 2026, emitidos por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México; así como del Acuerdo mediante el cual se Delegan diversas facultades en la persona titular de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México con fecha 10 de marzo de 2025.

 

CONSIDERANDO

 

Que, de conformidad con el artículo 53, apartado B, numeral 3, inciso a), fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México, las personas titulares de las Alcaldías tienen como atribución, ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, tomando en consideración la participación ciudadana, así como políticas y lineamientos que emita el Gobierno de la Ciudad de México.

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20 Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, son finalidades de las Alcaldías, entre otras: Promover la convivencia, la economía, la seguridad y el desarrollo de la comunidad que habita en la demarcación; Impulsar en las políticas públicas y los programas, la transversalidad de género para erradicar la desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres; Promover la participación efectiva de niñas, niños y adolescentes, así como de las personas con discapacidad y las personas mayores en la vida social, política y cultural de las demarcaciones e Implementar medidas para que progresivamente se erradiquen las desigualdades y la pobreza y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y el ingreso, en los términos previstos en la Constitución Local.

Que, el artículo 20 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, dispone que las personas titulares de las Alcaldías tienen atribuciones exclusivas en las siguientes materias: gobierno y régimen interior, obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, movilidad, vía pública y espacios públicos, desarrollo económico y social, cultura, recreación y educación, asuntos jurídicos, rendición de cuentas, protección civil y, participación de derecho pleno en el Cabildo de la Ciudad de México, debiendo cumplir con las disposiciones aplicables a este órgano.

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la precitada Ley, para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, las personas titulares de las Alcaldías se auxiliarán de unidades administrativas. Las personas servidoras públicas titulares de las referidas Unidades Administrativas ejercerán las funciones propias de su competencia y serán responsable por el ejercicio de dichas funciones y atribuciones contenidas en la Ley y demás ordenamientos jurídicos.

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA “METAS CUMPLIDAS (GRADUACIÓN)” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS.

1.  Nombre de la Acción Social.

1.1 Metas Cumplidas (Graduación)

2.  Entidad Responsable.

2.1 Alcaldía La Magdalena

2.2 Dirección General de Bienestar Social (Unidad Administrativa Responsable, Supervisión)

2.3 Subdirección de Programas Sociales (Ejecución)

2.4 Jefatura de Unidad Departamental de Vinculación Comunitaria (Vinculación y Difusión)

2.5 Jefatura de Unidad Departamental de Control, Atención y Seguimiento a Programas Sociales (Control y Seguimiento)

3.  Diagnóstico.

3.1 Antecedentes

Los apoyos que inciden en el desarrollo de las infancias se han otorgado año en la Demarcación a través de diferentes acciones sociales, que fortalecen la inclusión y el reconocimiento de las y los niños que habitan en la demarcación, en ese sentido, la Alcaldía La Magdalena Contreras, ha ejecutado desde el ejercicio 2023 ha ejecutado la acción social denominada Metas Cumplidas (Graduación).

En el ejercicio fiscal 2025 se realizó esta acción social otorgando $500,000.00 pesos para la entrega de 200 apoyos (pasteles) para Contribuir a garantizar el derecho a la inclusión y el reconocimiento de niñas, niños y adolescentes estudiantes de la Demarcación.

3.2 Problema o Necesidad Social que atiende la Acción.

La Ciudad de México reconoce a niñas, niños y adolescentes como personas plenas de derechos, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México y la Convención sobre los Derechos del Niño. Este marco normativo obliga a las autoridades a garantizar condiciones que favorezcan su desarrollo integral, asegurando el acceso efectivo a derechos como la educación, la cultura, la participación, la identidad y el bienestar emocional, así como a generar entornos que fortalezcan su autoestima, su sentido de pertenencia y su integración social.

En este contexto, los procesos simbólicos de reconocimiento —como las ceremonias de graduación— adquieren un valor estratégico en el desarrollo psicosocial de niñas, niños y adolescentes. Estas celebraciones marcan el cierre de una etapa educativa significativa, validan el esfuerzo académico, fortalecen el sentido de logro y promueven la permanencia escolar. Asimismo, favorecen el vínculo entre la comunidad educativa, las familias y las instituciones públicas, reforzando valores como la corresponsabilidad, la solidaridad y la continuidad educativa. Diversos estudios en psicología educativa señalan que el reconocimiento social de los logros escolares incide positivamente en la motivación intrínseca, la autoeficacia y las expectativas de trayectoria educativa, particularmente en contextos de vulnerabilidad social.

No obstante, el acceso a este tipo de prácticas simbólicas no se desarrolla en condiciones de equidad. La desigualdad económica limita la capacidad de numerosas familias para solventar los gastos asociados a las ceremonias de graduación, tales como vestimenta, alimentos, decoración, fotografía, logística y traslados. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH) 2022 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el 30.3 % de los hogares en la Ciudad de México se encuentra en situación de pobreza, lo que restringe significativamente su margen de gasto en actividades no esenciales, entre ellas las celebraciones escolares, es importante mencionar que el 38.5% de los hogares en La Magdalena Contreras están encabezados por mujeres.

En el ámbito local, esta situación adquiere una mayor relevancia. Según la Medición de Pobreza por Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) 2015–2020 del Consejo de Evaluación de la Ciudad de México (EVALÚA), el 63.32 % de la población de La Magdalena Contreras, equivalente a 155,046 personas, vive en situación de pobreza, mientras que el 20.62 % (50,497 personas) se encuentra en pobreza extrema. Estas cifras posicionan a la demarcación como una de las más afectadas por condiciones estructurales de desigualdad, lo que impacta directamente en las oportunidades de desarrollo integral de las infancias.

De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del INEGI, en La Magdalena Contreras el 19.4 % de la población es menor de 15 años, lo que equivale a 48,038 niñas, niños y adolescentes. En particular, la población de entre 5 y 17 años representa el 18.45 % del total de habitantes, con 45,699 niñas, niños y adolescentes. Considerando los niveles de pobreza reportados, se estima que alrededor de 28,936 personas de entre 5 y 17 años de que habitan la demarcación viven en condiciones de pobreza, lo que limita su acceso equitativo a experiencias educativas integrales, incluyendo los procesos simbólicos de cierre escolar.

Desde una perspectiva de derechos, la falta de apoyos institucionales para la realización de ceremonias de graduación contribuye a la reproducción de desigualdades sociales, al excluir de estos espacios de reconocimiento a niñas, niños y adolescentes provenientes de hogares con menores recursos. Esta exclusión simbólica puede generar sentimientos de frustración, estigmatización y desvalorización, debilitando el vínculo con la escuela y afectando la permanencia educativa, particularmente en comunidades donde el abandono escolar está asociado a factores económicos, familiares y contextuales.

Asimismo, el acompañamiento emocional en las transiciones escolares —como el egreso de preescolar, primaria o secundaria— resulta fundamental para favorecer trayectorias educativas positivas. Estudios en el ámbito de la pedagogía social y la psicología del desarrollo coinciden en que los rituales de cierre fortalecen la construcción de identidad, la regulación emocional y la proyección de metas educativas, especialmente en niñas, niños y adolescentes que crecen en contextos de vulnerabilidad social.

Perspectiva de género

Desde una perspectiva de género, es relevante señalar que los procesos de reconocimiento escolar también se encuentran atravesados por estereotipos y expectativas diferenciadas hacia niñas y niños. Diversas investigaciones en educación con enfoque de género han documentado que las niñas suelen ser reconocidas por atributos asociados al orden, la conducta y la presentación, mientras que los niños tienden a recibir mayor reconocimiento por su desempeño académico, liderazgo o habilidades deportivas (UNESCO, 2019; CEPAL, 2021). Estas prácticas refuerzan roles tradicionales de género y limitan el reconocimiento equitativo de los logros individuales, reproduciendo desigualdades desde edades tempranas.

Adicionalmente, la organización y logística de las ceremonias de graduación recae de manera desproporcionada en las mujeres —principalmente madres, cuidadoras y docentes— quienes asumen estas tareas como parte del trabajo doméstico y comunitario no remunerado. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) 2021 del INEGI, las mujeres destinan en promedio 39.7 horas semanales al trabajo doméstico y de cuidados, frente a 15.2 horas en los hombres, lo que evidencia una distribución desigual de las responsabilidades familiares y comunitarias. Esta sobrecarga limita su tiempo disponible, su bienestar emocional y su participación en otros ámbitos sociales y laborales.

En este sentido, organismos como ONU Mujeres han señalado que la desigual distribución del trabajo de cuidados constituye una de las principales barreras estructurales para la igualdad sustantiva, al restringir la autonomía económica y la participación social de las mujeres (ONU Mujeres, 2020).

Por ello, incorporar una perspectiva de género en el diseño e implementación de apoyos para ceremonias de graduación implica no solo promover el reconocimiento equitativo de los logros de niñas y niños, sino también visibilizar y redistribuir las cargas organizativas, fomentando la corresponsabilidad comunitaria y fortaleciendo la igualdad sustantiva en el ámbito educativo y familiar.

3.2.1 Problemática identificada

En La Magdalena Contreras, niñas, niños y adolescentes enfrentan barreras económicas y sociales que limitan su acceso a celebraciones significativas en etapas clave de transición educativa, lo que restringe su derecho al reconocimiento, a la participación activa y al fortalecimiento de su autoestima.

Elementos clave de la problemática:

Desigualdad en el acceso a celebraciones escolares

Muchas familias no cuentan con los recursos para organizar o participar en ceremonias de graduación, lo que genera experiencias de exclusión en las infancias.

Ausencia de apoyos institucionales con enfoque de derechos

La falta de políticas que reconozcan la importancia simbólica y emocional de estas celebraciones impide su realización en condiciones de equidad.

Impacto emocional y educativo en contextos de vulnerabilidad

La falta de reconocimiento puede debilitar la vinculación de niñas, niños y adolescentes con la escuela, afectando su motivación y permanencia educativa.

4.1 Justificación y Análisis de Alternativas

En suma, la elevada incidencia de pobreza, la alta proporción de población infantil y las desigualdades estructurales de género configuran un escenario que limita el ejercicio pleno del derecho al descanso, al juego, al reconocimiento y a la educación integral de niñas, niños y adolescentes en La Magdalena Contreras. Estas condiciones justifican la implementación de una acción social orientada a brindar apoyos para la realización de ceremonias de graduación, como una estrategia de inclusión social, fortalecimiento comunitario y garantía efectiva de derechos, contribuyendo a generar entornos educativos más equitativos, dignos y emocionalmente significativos para las infancias de la demarcación.

La entrega de apoyos en especie se considera la alternativa más viable por encima de las transferencias monetarias, toda vez que así se garantiza que los recursos atiendan directamente la problemática antes descrita.

3.4 Participación Social.

No se establecen mecanismos de la participación social para la implementación de la Acción Social.

3.5. Análisis de similitudes y coordinación con Acciones o Programas Sociales del Gobierno central de la Ciudad de México y/o Alcaldías.

No hay registro de actividades similares en otras entidades gubernamentales que atiendan a la población de la Demarcación

4.  Definición de poblaciones objetivo, beneficiarias y/o usuarias.

4.1 Población Objetivo

La población objetivo se estima en aproximadamente 28,936 niñas y niños y adolescentes de entre 5 y 17 años, habitantes de la demarcación prioritariamente en Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social bajo y muy bajo, inscritos en escuelas públicas ubicadas geográficamente dentro de la Demarcación Territorial, de las cuales se estiman 15, 046 son mujeres y 13,890 son hombres

4.2 Población Beneficiaria

Se tiene como meta una población beneficiaria de 5,000 niñas, niños y adolescentes inscritos en escuelas públicas ubicadas geográficamente dentro de la Demarcación Territorial prioritariamente en Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social bajo y muy Bajo, de las cuales 2,600 son mujeres y 2400 son hombres, y que recibirán los insumos necesarios para su participación en las actividades impartidas con motivo del fin del curso escolar (Graduación) en las escuelas públicas de la Alcaldía La Magdalena Contreras.

5.  Objetivos generales y específicos.

5.1 Objetivo general

Contribuir al reconocimiento y fortalecimiento de la autoestima de las niñas, niños y adolescentes estudiantes que habitan en Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social bajo y muy bajo en la Alcaldía Magdalena Contreras, mediante la entrega de 200 apoyos en especie (pasteles) para ceremonias de graduación, con el fin de reducir las barreras sociales y económicas que limitan la celebración de su transición educativa.

5.2 Objetivos específicos.

5.2.1 Entregar 200 apoyos en especie a través de la conformación de un padrón de personas beneficiarias que residan en las unidades territoriales de menor índice de desarrollo social de la demarcación, garantizando que el apoyo en especie beneficie a las familias que presentan dificultades económicas para cubrir los costos de los festejos de fin de curso.

5.2.2 Procurar la priorización de las solicitudes presentadas por mujeres representantes de escuela pública o de la asociación de padres y madres de familia de escuelas públicas, que se encuentren en alguna colonia de Muy bajo o Bajo Índice de Desarrollo Social en la demarcación La Magdalena Contreras.

6.  Metas físicas.

Otorgar a escuelas públicas ubicadas geográficamente dentro de la Demarcación Territorial, 200 Pasteles para la celebración de reconocimiento de fin de ciclo escolar, es decir, reconocer a 5,000 niñas, niños y adolescentes inscritos en estas escuelas públicas ubicadas geográficamente dentro de la Demarcación Territorial prioritariamente en Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social bajo y muy Bajo, considerando beneficiar a 2,600 mujeres y 2,400 hombres.

7.  Requisitos de acceso.

  1. Habitar en la Demarcación Territorial de la Alcaldía La Magdalena
  2. Ser representante de la asociación de padres de familia o similar en el plantel escolar o Directivo del plantel, y que se encuentren inscritos niñas y niños de entre 5 y 15 años, habitantes de la demarcación prioritariamente en Unidades territoriales con Índice de Desarrollo Social bajo y muy bajo.
  3. Ser mayor de edad
  4. Asistir a los espacios, horarios y fechas establecidos en los términos estipulados en la
  5. Requisitar el formato de Solicitud de Ingreso, aprobado por la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras. (entregado por el área responsable)

7.2. Documentos.

  1. Identificación oficial con fotografía y firma vigentes (Credencial del INE, licencia de conducir, cédula profesional, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional). Si se presenta la Credencial de Elector como identificación, esta deberá tener domicilio en La Magdalena Contreras.
  2. Comprobante de domicilio perteneciente a la Alcaldía La Magdalena Contreras, can antigüedad no mayor a 3 meses (En caso de no estar explícitamente en la credencial del INE).
  3. CURP del representante de la asociación de padres de familia o similar en el plantel escolar o Directivo del plantel (Sólo en caso de No estar incluida en la Identificación Oficial del solicitante)
  4. Documento que dé garantía de ser el representante de la asociación de padres de familia o similar en el plantel.
  5. Formato de solicitud y vale de entrega debidamente llenado por el representante de la asociación de padres de familia o similar en el plantel escolar o Directivo del plantel, mismos que serán entregados por el área responsable al momento de la solicitud.

El llenado y entrega de los formatos de solicitud, así como los documentos y requisitos no garantiza ser beneficiaria o beneficiario de la Acción Social, únicamente ingresar al proceso de selección de esta.

7.3. No podrán establecerse requisitos de acceso adicionales a los señalados en los Lineamientos de Operación.

7.4 Las personas representantes de las escuelas públicas y asociaciones de padres y madres de familia interesadas en participar en la acción social, deberán asistir de manera presencial y presentar la documentación requerida, en fotocopia, en las oficinas de la Dirección General de Bienestar social, ubicada en la calle Álvaro Obregón No. 20, Colonia Barranca Seca, en un Horario de 10:00 a 18:00 horas, a partir del mes de mayo a junio del 2026.

El llenado y entrega de los formatos de solicitud, así como los documentos y requisitos no garantiza ser beneficiaria o beneficiario de la Acción Social, únicamente ingresar al proceso de selección de esta.

8.  Criterios de elección de la población.

8.1 Criterios de elegibilidad.

  1. Ser representante de escuela pública o de la asociación de padres de familia de escuelas públicas que se encuentre en alguna colonia de Muy bajo o Bajo Índice de Desarrollo Social de la Demarcación La Magdalena Contreras, presentando Carta Bajo protesta de decir verdad que la escuela pública se encuentra en zonas prioritarias.
  2. Se atenderá mediante la priorización de población en situación de pobreza y en segundo lugar al preponderar a la población habitante de las colonias de Muy bajo y Bajo Índice de Desarrollo Social, de acuerdo con los datos del Consejo de Evaluación de la Ciudad de México (EVALÚA).
  3. En caso de que la cantidad de solicitudes sea mayor a la cantidad de apoyos disponibles y una vez agotados los criterios anteriores, la asignación de los folios restantes se realizará mediante un mecanismo de aleatorización y sorteo que permita seleccionar de forma clara a las personas beneficiarias, en el que esté presente un representante del Órgano Interno de

9.  Operación de la acción.

9.1 Todos los formatos y trámites son gratuitos para las personas

9.2 Las actividades y procedimientos internos de control que se realizarán para garantizar la implementación de los servicios y las transferencias en especie son las siguientes

La Dirección General de Bienestar Social supervisará que las actividades se realicen en tiempo y forma a través de sus Unidades Administrativas.

  1. La Subdirección de Programas Sociales será la encargada de publicar la convocatoria en los medios establecidos; así como la totalidad de los procesos siguientes.
  2. La Dirección General de Bienestar Social realizará las gestiones necesarias para la adquisición de apoyos en
  3. Jefatura de Unidad Departamental de Control, Atención y Seguimiento a Programas Sociales recibirá solicitudes y documentos requeridos.
  4. Otorga un número de registro que servirá para corroborar el orden de entrega de documentación.
  5. Elabora una relación con los solicitantes que hayan cumplido con los requisitos cumpliendo con los criterios de selección.

  1. Así mismo deberá elaborar un documento que justifique cada uno de los casos calificados como

  1. Una vez seleccionadas las personas beneficiarias se les informará mediante los canales de comunicación oficiales de la Alcaldía La Magdalena Contreras las fechas y lugares para el inicio de las actividades.
  2. La Unidad Administrativa Jefatura de Unidad Departamental de Control, Atención y Seguimiento a Programas Sociales se encargará de procesar la documentación necesaria para comprobar la entrega del apoyo, así como de los diversos instrumentos de recolección, procesamiento y almacenamiento de datos.

El registro de solicitudes no garantiza la asignación de los Apoyos de la Acción Social, sólo garantiza el derecho a ser calificado como favorable o desfavorable.

El número de folio se entregará únicamente a las personas solicitantes que hagan entrega de su solicitud y de la documentación completa, en ningún caso podrán reservarse número de folio.

  • La Dirección General Bienestar Social a través de sus unidades administrativas publicará en el sitio https://mcontreras.gob.mx, así como en el Sistema de Información de Bienestar Social de la Ciudad de México y en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el padrón de beneficiarias(os) en su versión pública, para que sea del conocimiento de cualquier interesada(o).

  • La entrega de los beneficios de la Acción Social no se realizará en eventos públicos

De acuerdo con en el artículo 67 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México, Los subsidios, apoyos y ayudas, tanto de tipo material como económico que se otorguen con objeto de los programas sociales específicos implementados por el Gobierno, deberán llevar impresa de manera clara y visible la siguiente leyenda:

“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

10.  Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.

Las personas que deseen reclamar su inclusión, inconformidad o rendición de cuentas de la Acción Social, lo podrá hacer de la forma siguiente:

Presentar su requerimiento mediante escrito libre y/o solicitando audiencia con el Titular de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras; el documento deberá ser entregado en las oficinas de la persona servidora pública referida, ubicadas en Álvaro Obregón 20, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6132 en Horario de 9:00 a 18 horas.

Los requerimientos sobre la Acción Social los podrá realizar el (la) solicitante, si considera que se le excluye, incumple o contraviene, las disposiciones previstas en la Ley y/o los presentes Lineamientos.

Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:

  • Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) de la solicitante que presenta la
  • Motivo del
  • Descripción precisa del hecho que lo motivó.

Una vez interpuesto el requerimiento, la Dirección General de Bienestar Social dará el seguimiento y emitirá respuesta en un plazo no mayor a 10 días naturales.

En caso de inconformidad con la respuesta recibida, las personas solicitantes pueden dirigirse al Órgano Interno de Control en la Alcaldía Magdalena Contreras ubicada en Río Blanco s/n Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6112 para manifestar sus inconformidades.

En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Acción Social no resuelva el requerimiento, las personas beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de la Acción Social o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.

Para evitar efectos económicos negativos en la población que requiera suscribir quejas o inconformidades respecto a la Acción Social, pueden hacerlo mediante llamada telefónica a las oficinas referidas. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).

TRANSITORIO

ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a los 28 días de abril de 2026

MTRO. EDGAR OMAR PINEDA BARAJAS DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL LA MAGDALENA CONTRERAS

 

Convocatoria