Acuerdo por el que se suprime el Sistema de Datos Personales

"Promoción y Desarrollo de Microempresas"

 

ÚNICO. Se suprime el sistema de datos personales “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS” que detenta la DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO Y FOMENTO ECONÓMICO y que actualmente se encuentra activo en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales administrado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en virtud de que, el Sistema antes mencionado, lo anterior derivado a que dicho sistema de datos ha cumplido su ciclo de vida, de conformidad con el Catalogo de Disposición Documental, de esta Alcaldía.

En ese sentido se advierte que los datos contenidos en dicho sistema serán depurados por haber cumplido su ciclo de vida, lo anterior con fundamento con el Artículo 4, Fracción XII de la Ley de Archivo de la Ciudad de México.

TRANSITORIOS 

PRIMERO. Publíquese el presente acuerdo a través de un Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 

SEGUNDO. Se instruye al Enlace de Datos Personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México la publicación del presente Acuerdo de Supresión del “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS” de conformidad con el artículo 37 fracción I de la Ley de Datos local, y 71 de los Lineamientos de Datos local, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. 

TERCERO. Se instruye al responsable del Sistema de Datos Personales en términos del artículo 2 fracción XIV y 73 de los Lineamientos de Datos local, para que una vez notificado al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México el presente Acuerdo de Supresión del sistema de datos personales “PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS”, proceda a la cancelación de inscripción en el Registro de Sistemas de Datos Personales.

CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor una vez publicado el Aviso correspondiente, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.