Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales

"Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas" de la Alcaldía La Magdalena Contreras

LA MAGDALENA CONTRERAS

LIC. IVÁN DE JESÚS MONTELONGO ZÚÑIGA, Titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 apartado A fracción I, VI incisos a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 numerales, 1, 4 y 5, 52 numerales 1, 2 y 4,  53 apartado A, numerales 1, 2 fracciones I y XXI, numeral 12 fracciones I y XV, apartado B, numerales 1, 3, inciso a) y b) de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 3 y11 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, artículos 1, 2 fracción I, 3, 4, 5, 6, 15, 20, 21, 71 y 74, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, artículo 37 fracción I, de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México así como por el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 04 de Noviembre de 2021, por el que se delegan diversas facultades al Titular de la Dirección General Jurídica y de Gobierno, reconocidas al Titular de la Alcaldía en los artículos 31 fracciones III, IX, XV, XVI, 32 fracciones I, VI, VII, VIII, IX Y XII; 34 fracciones III, IV, IX y 37 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, y:

CONSIDERANDO

I. Que con fecha 08 de febrero de 2016 fue inscrito en el Registro de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México el Sistema “Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas”, asignándole el folio de identificación [0410032262077160208].

II. Que en cumplimiento con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, corresponde determinar al Titular de cada Sujeto Obligado en su calidad de Responsable del tratamiento de Datos Personales y conforme a su respectivo ámbito de su competencia determinar la Creación, Modificación o Supresión de Sistemas de Datos Personales.

III. Que de conformidad con el artículo 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales está a cargo de los Entes Públicos y su Creación, Modificación o Supresión deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

IV. Que, de manera adicional, el artículo 63 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México establece como obligación para todos los entes públicos que la Creación, Modificación o Supresión de Sistemas de Datos Personales sólo podrá efectuarse mediante Acuerdo emitido por el Titular del Ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

V. Que de conformidad con el artículo 65 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México establece que el Acuerdo mediante el cual se determine la Modificación de un Sistema de Datos Personales deberá indicar las modificaciones producidas en cualquiera de las fracciones a que se hace referencia en el artículo 64 de los Lineamientos y cualquier modificación que afecte la integración y tratamiento de un Sistema de Datos Personales deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

VI. Que por todo lo anterior, resulta necesaria la actualización del siguiente Sistema de Datos Personales, para cumplir cabalmente con lo que señala la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, por lo que tengo a bien expedir el siguiente:

Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado “Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas” de la Alcaldía La Magdalena Contreras

ÚNICO. Se Modifica el Sistema de Datos Personales “Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas” en los siguientes rubros, para quedar como se establece a continuación:

A) Normatividad Aplicable

1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2.- Constitución Política de la Ciudad de México.

3.- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México.

4.- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México.

5.- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.

6.- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.

7.- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

8.- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

9.- Ley de Archivos de la Ciudad de México.

10.- Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras, (Registro MA-34/011122-MACO-1265B8D)

B) Transferencias del Sistema de Datos Personales:

1.- Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México.

2.- Auditoria Superior de la Ciudad de México.

3.- Instituto de Transferencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de

      la Ciudad de México.

4.- Órganos Internos de Control.

5.- Órganos Jurisdiccionales Federales.

C) La Instancia Responsable del tratamiento del sistema de datos personales es la “Alcaldía La Magdalena Contreras” a través de la:

Unidad Administrativa Responsable: Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos

Cargo del Responsable del Sistema de Datos: Director Ejecutivo de Asuntos Jurídicos.

Usuarios del Sistema de Datos Personales:

Los usuarios que podrán tener acceso y dar tratamiento a los datos personales será la persona servidora pública Titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, Jefatura de Unidad Departamental de Calificación de Infracciones y el personal administrativo autorizado, adscrito a las áreas antes mencionadas.

D) Seguridad: Nivel Alto

Medidas de Seguridad: Administrativas

TRANSITORIOS

PRIMERO. – Publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en cumplimiento a lo previsto en los Artículos 29 fracción II, 36 y 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.

SEGUNDO.- Se instruye al Responsable del Sistema de Datos Personales en términos del artículo 2 fracción XII del Lineamientos Generales de Datos local, para que realice la Modificación del Sistema “Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas”, en el Registro de Sistemas de Datos Personales a cargo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en términos del artículo 38 de la Ley de Datos local y 65 y 67 de los Lineamientos Generales de Datos local.

TERCERO. – Se instruye al Enlace de Datos Personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México la publicación del presente Acuerdo de Modificación del Sistema “Procedimiento de Calificación de Verificaciones Administrativas”, de conformidad con los artículos 63 y 65 de los Lineamientos Generales de Datos local.

CUARTO. – El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

ANEXO ÚNICO

 Aviso de privacidad “Simplificado” del Sistema de Datos Personales
“Calificación de Verificaciones Administrativas”

La Alcaldía la Magdalena Contreras a través de la Dirección General de Jurídica y de Gobierno es el Responsable del tratamiento de los datos personales que nos proporcione, los cuales serán protegidos en el Sistema de Datos Personales “Calificación de Verificaciones Administrativas”, Los datos personales que recabemos serán utilizados con la finalidad de dar apoyo a la comunidad a través de las Comisiones, Comités o Representaciones de Festejos a realizarse en las diferentes colonias de la Alcaldía La Magdalena Contreras, con la finalidad de preservar las tradiciones culturales y fortalecer los usos y costumbres, principalmente en los Pueblos Originarios.

Los datos personales serán /podrán ser trasferidos a la Comisión de Derechos Humanos para la Ciudad de México, Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales, Auditoria Superior de la Ciudad de México, Órganos de Control Interno y al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, bajo los supuestos establecidos en los artículos 16 fracciones II y III, y 64 fracciones II y III de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la CDMX, por lo que no  se requiere el consentimiento del titular.

Usted podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de sus datos personales (derechos ARCO), así como realizar la revocación del consentimiento directamente ante la Unidad de Transparencia de la Alcaldía La Magdalena Contreras, ubicada en calle Rio Blanco No. 9, Planta Baja , Colonia Barranca Seca , Alcaldía La Magdalena Contreras, C.P 10580, con número telefónico 5554496000, ext. 1214 o bien a través Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (unidaddetransparencia@infocdmx.org.mx) o de la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx).

Para conocer el Aviso de Privacidad Integral puede acudir directamente a la Unidad de Transparencia o ingresar a la página https://mcontreras.gob.mx/aviso-de-privacidad-integral-del-sistemas-de-datos-personales-procedimiento-de-calificación-de-verificacion-administrativa/