ALCALDÍA EN LA MAGDALENA CONTRERAS
EDGAR OMAR PINEDA BARAJAS, DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL EN LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS, con fundamento en los artículo 52, numerales 1, 2 y 4, 53 Apartado A numeral 1 y 12, fracciones VIII y IX, Apartado B numeral 1 y 3 fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracción I y II, 9, 15, 16, 21, 29 fracción VIII, 30 y 35 fracción I de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; 124, 128 y 129 Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; 7, 8 fracción III y 43 Apartado I de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México; 6, 32, 33, 34 fracción I y 38 de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; 50 y 51 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, y Lineamientos Para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2022 Emitidos por el Instituto de Planeación Democrática y Prospectiva de la Ciudad de México, publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de noviembre de 2021; así como por el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 11 de abril de 2022, por el que se delegan diversas facultades al Titular de la Dirección General de Desarrollo Social; Se delega a la persona titular de Dirección General de Desarrollo Social, la facultad para revisar, otorgar, celebrar y suscribir los contratos y convenios, así como los demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro del ámbito de su competencia.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Promover la convivencia, la economía, la seguridad y el desarrollo de la comunidad que habita en la demarcación; Impulsar en las políticas públicas y los programas, la transversalidad de género para erradicar la desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres; Promover la participación efectiva de niñas, niños y personas jóvenes, así como de las personas con discapacidad y las personas mayores en la vida social, política y cultural de las demarcaciones e Implementar medidas para que progresivamente se erradiquen las desigualdades y la pobreza y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y el ingreso, en los términos previstos en la Constitución Local.
SEGUNDO. Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Protección de datos Personales en posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, corresponde determinar al Titular de cada Sujeto Obligado en su calidad de responsable el tratamiento de datos Personales y conforme a su respectivo ámbito de su competencia determinar la Creación, Modificación o Supresión de Datos Personales.
TERCERO. Que de conformidad con el artículo 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México se establece que la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales está a cargo de los Entes Públicos y su Creación, Modificación o Supresión deberá publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
CUARTO. Que de manera adicional el artículo 63 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México establece como obligación para todos los entes públicos que la Creación, Modificación o Supresión de sistemas de Sistemas de Datos Personales solo podrán efectuarse mediante Acuerdo emitido por el Titular del Ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Por los anteriores considerandos se emite el presente:
Acuerdo por el que se modifica el sistema de datos personales “JUNTOS POR LA FAMILIA” de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
ÚNICO. Se modifica el sistema de datos personales “JUNTOS POR LA FAMILIA”
a) Finalidad o finalidades y usos previstos:
Recabar documentación y dar seguimiento a las solicitudes de integración al programa “JUNTOS POR LA FAMILIA” para atender las problemáticas sociales que aquejan a los grupos con mayores carencias, promover la inclusión y la equidad para mejorar las oportunidades de desarrollo individual y social de todas las personas, en ese sentido se propone brindar a las personas con alto grado de vulnerabilidad, un apoyo monetario con el fin de reducir las brechas de desigualdad que los aquejan.
b) Normativa aplicable:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F. 05/02/1917 y última reforma 11/03/2021). Artículos 6 apartado a, fr. LI y 16 párrafo segundo.
- Constitución Política de la Ciudad de México art 7 E
- Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal (publicación GODF 29/12/1998 y última reforma 06/03/2017). Artículo 39, fr XII, LVII y XLIV.
- Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal (publicación GODF 23/05/2000 y última reforma 13/09/2011), artículos 1, fr. LI y 11, 33, 34 y 35.
- Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal (publicación GODF 03/10/2008 y última reforma 18/12/2014). Artículos 7, 8, 9, 13, 14 y 15.
- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. (publicación GODF 06/05/2016). Artículos 233, 240, 241 y 248.
- Ley de Archivos de la Ciudad de México (publicación GODF 18/11/2020), artículos 1; 3, LX y 30.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal (publicación GODF 28/12/2000 y última reforma 26/01/2018). Artículos 128, fr. I y VIII, 164, fr. LII y IV.
- Reglamento de la Ley de Desarrollo Social (publicación GODF 18/01/2006 y última reforma 28/08/2008). Artículos 41, 51, 56, 57, 58, 59 y 60.
- Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales para el Sector Público (publicación GODF 26/01/2018 y última reforma 25/02/2022). Numerales 5, 10 y 11.
- Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena
Reglas de Operación del Programa Social “JUNTOS POR LA FAMILIA” (publicación GOCM 04 /08/2022)
c) Transferencias:
Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México Instancia Ejecutora del Sistema Integral de Derechos Humanos Consejería Jurídica y de Servicios Legales
Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México
Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México
Auditoría Superior de la Ciudad de México Órganos jurisdiccionales
d) Personas físicas o grupos de personas sobre las que se recaben o traten datos personales: Solicitantes al programa “JUNTOS POR LA FAMILIA”.
e) Estructura Básica del Sistema de Datos Personales y la descripción de los tipos de datos incluidos:
Datos identificativos: nombre, domicilio, identificación oficial con fotografía, CURP, edad, fecha de nacimiento, genero, clave de elector (alfa numérico anverso credencial del INE
Datos electrónicos: correo electrónico, teléfono.
Los cuales tendrán un ciclo de vida de 2 años en trámite y 5 años en el archivo de concentración.
f) Instancias Responsables del tratamiento del sistema de datos personales:
DIRECCION GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL
Usuarios: Jefatura de Unidad Departamental de Control, Atención y Seguimiento a Programas Sociales y Subdirección de Programas Social
g) Áreas ante las que podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) y procedimiento a través del cual se podrán ejercer los derechos ARCO:
El titular de los datos personales, podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de sus datos personales (derechos ARCO), así como la revocación del consentimiento como lo establece la normativa, directamente ante la Unidad de Transparencia de La Alcaldía La Magdalena Contreras ubicada en Rio Blanco #9 colonia Barranca Seca Alcaldía La Magdalena Contreras C.P 10580 Ciudad de México o al número de teléfono 5554496000 ext. 1214 través de la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx/), o bien mediante el número de TEL INFO 55 5636 4636.
h) Nivel de seguridad y mecanismos de protección:
Nivel Básico
Mecánico Administrativo
TRANSITORIOS
PRIMERO. En cumplimiento al artículo 37 fracción I de la Ley de Datos local, Publíquese el presente acuerdo a través de un aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Se instruye al responsable del Sistema de Datos Personales, para que realice la inscripción del sistema de datos personales “JUNTOS POR LA FAMILIA”, en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales a cargo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en términos de lo que establecen los artículos 38 de la Ley de Datos local y 67 de los Lineamientos Generales de Datos local.
TERCERO. Se instruye al Enlace en materia de Datos Personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la publicación del presente Acuerdo de Creación del sistema de datos personales “JUNTOS POR LA FAMILIA” de conformidad con el artículo 63 de los Lineamientos Generales de Datos Local; así como el nivel de seguridad aplicable de conformidad con lo establecido en el artículo 25 último párrafo de la Ley Datos Local, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor, una vez publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a XX de XXXXX de 2025.
(Firma)
EDGAR OMAR PINEDA BARAJAS,
DIRECTOR GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL EN
LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS
