CONVOCATORIA DE LA ACCIÓN SOCIAL

“APOYO A NÚCLEOS AGRARIOS” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026.

ALCALDÍA EN LA MAGDALENA CONTRERAS

MTRO. JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA, ALCALDE EN LA MAGDALENA CONTRERAS; con fundamento en los artículos 52 numerales 1 y 4; y 53 apartado A numerales 1, 2 fracción VIII, numeral 12 fracción VIII, apartado B numerales 1, 3 inciso a) fracciones XXXIV y XXXVII de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículos 4, 6 fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1, 3, 4, 6, 9, 20 fracciones II y XIII, 29 fracción VIII, 30, 31 y 35 fracción IV de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; artículos 3 fracciones I, IV, VII, 49 y 54 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México; artículos 123, 124, 128 y 129 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México; el Acuerdo por el cual se dan a conocer los Lineamientos para la Programación de Acciones Sociales 2026 publicado en la Gaceta Oficial de fecha 17 de diciembre de 2025; así como al aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de la Acción Social denominada “Apoyo a Núcleos Agrarios” para el ejercicio fiscal 2026 a cargo de la Alcaldía La Magdalena Contreras publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que, de conformidad con el artículo 53, apartado B, numeral 3, inciso a), fracción XXXIV de la Constitución Política de la Ciudad de México, las personas titulares de las Alcaldías tienen como atribución, ejecutar en su demarcación territorial programas de desarrollo social, tomando en consideración la participación ciudadana, así como políticas y lineamientos que emita el Gobierno de la Ciudad de México; atribuciones exclusivas en las siguientes materias: gobierno y régimen interior, obra pública, desarrollo urbano y servicios públicos, movilidad, vía pública y espacios públicos, desarrollo económico y social, cultura, recreación y educación, asuntos jurídicos, rendición de cuentas, protección civil y, participación de derecho pleno en el Cabildo de la Ciudad de México, debiendo cumplir con las disposiciones aplicables a este órgano.

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el articulo 20 Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, son finalidades de las Alcaldías, entre otras: Promover la convivencia, la economía, la seguridad y el desarrollo de la comunidad que habita en la demarcación; Impulsar en las políticas públicas y los programas, la transversalidad de género para erradicar la desigualdad, discriminación y violencia contra las mujeres; Promover se erradiquen las desigualdades y la pobreza y se promueva el desarrollo sustentable, que permita alcanzar una justa distribución de la riqueza y el ingreso, en los términos previstos en la Constitución Local.

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 71 de la precitada Ley, para el ejercicio de sus atribuciones y responsabilidades ejecutivas, las personas titulares de las Alcaldías se auxiliarán de unidades administrativas. Las personas servidoras públicas titulares de las referidas Unidades Administrativas ejercerán las funciones propias de su competencia y serán responsable por el ejercicio de dichas funciones y atribuciones contenidas en la Ley y demás ordenamientos jurídicos.

En mérito de lo expuesto y fundado, he tenido a bien emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA CONVOCATORIA DE LA ACCIÓN SOCIAL “APOYO A NÚCLEOS AGRARIOS” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026, A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO, FOMENTO ECONÓMICO Y ECONOMÍA CIRCULAR EN LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS.

1. Nombre de la Acción Social.
Apoyo a Núcleos Agrarios 2026.

2. Tipo de Acción Social.
Transferencia monetaria.

3. Entidad Responsable.

3.1 Alcaldía La Magdalena Contreras.
3.2 Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular. (Supervisión).
3.3 Subdirección de Programas Sustentables, Información y Estudios Ambientales. (Ejecución).
3.4 Jefatura de Unidad Departamental de Proyectos de Desarrollo Sustentable, Estudios y Seguimiento Normativo. (Control y seguimiento).

4. Objetivos
4.1 Objetivo General
Contribuir a la preservación de los recursos naturales del suelo de conservación de la Alcaldía La Magdalena Contreras, mediante el otorgamiento de apoyos monetarios a los Núcleos Agrarios de esta demarcación, destinados a la creación y/o continuación de proyectos agropecuarios, ecoturísticos innovadores y sostenibles.

4.2 Objetivos Específicos
Fortalecer la capacidad productiva y económica de los núcleos agrarios de La Magdalena Contreras mediante la entrega de apoyos económicos a las y los ejidatarios, comuneros y productores rurales, destinados a la mejora de infraestructura, adquisición de materiales y modernización de procesos agrícolas, forestales y de conservación.

Impulsar la sostenibilidad de las actividades agropecuarias y forestales mediante la promoción de prácticas productivas responsables con el medio ambiente, que contribuyan a la conservación del suelo, la biodiversidad y la recarga hídrica en el territorio de suelo de conservación de la demarcación.

Promover las actividades culturales y turísticas a favor del conocimiento y la preservación de los espacios naturales, creando conciencia ambiental.

Promover la integración igualitaria de las mujeres en los núcleos agrarios, asegurando su participación en igual proporción que los hombres, con el objetivo de que formen parte activa en los procesos de toma de decisiones.

5. Metas Físicas.
Otorgar transferencias monetarias a núcleos agrarios que garantice la operación optima de proyectos agropecuarios, medio ambiente y ecoturísticos cumpliendo lo establecido en el apartado 7 de los presentes lineamientos.

6. Presupuesto.

ApoyoBeneficiariosMontoPeriodicidadMonto Presupuestal
Transferencia económicaHasta 4 Núcleos agrarios de la Magdalena ContrerasMínimoMáximo1 ministración$6,000,000.00 (SEIS MILLONES, 00/100, M.M.)
$1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos 00/100, m.n.)$2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100, m.n.)

Los costos de los gastos de operación serán determinados de acuerdo con las cotizaciones que el área de Adquisiciones realice y garantizando las mejores condiciones del mercado, de acuerdo al Artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

7. Requisitos y procedimientos de acceso.
7.1 Requisitos de acceso para el Núcleo Agrario a través de su representante:
a. Ser residente de la magdalena Contreras.
b. Ser representante de alguno de los cuatro núcleos agrarios de la Alcaldía La Magdalena Contreras (Ejido de San Nicolás Totolapan, Ejido de San Bernabé Ocotepec, Comunidad de San Bernabé Ocotepec, Comunidad de La Magdalena Contreras), con derechos vigentes ante el Registro Agrario Nacional, así como la acreditación como representante de Núcleo Agrario ante el Registro Agrario Nacional;
b. Presentar el proyecto a desarrollar y/o consolidar dentro de La Alcaldía La Magdalena Contreras, para el fortalecimiento del Núcleo Agrario, el cual debe incentivar la participación de mujeres en los proyectos con al menos un 50% de su intervención.
c. Acudir personalmente en la fecha y horario indicados para el trámite correspondiente del apoyo, que se establecerá en la convocatoria correspondiente.
d. No ser servidor público de ningún nivel de gobierno bajo cualquier forma de contratación.
e. Cumplir con los requisitos y documentos establecidos en tiempo y forma de acuerdo con la convocatoria emitida por La Alcaldía La Magdalena Contreras a través de la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular.

7.2 Documentación para acceso:
Los núcleos agrarios (personas morales) solicitantes del apoyo monetario de la Acción Social establecida en los presentes lineamientos, deberán presentar adjuntos a su solicitud de apoyo (misma que será entregada por la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular), los siguientes documentos:
a) Documentación que acredite la representación vigente del Núcleo Agrario ante el Registro Agrario Nacional.
b) Documento que acredite la representación y autorización de la asamblea del núcleo agrario correspondiente para realizar las gestiones necesarias y así acceder a los beneficios de esta acción social. (acta de asamblea de elección de Comisariado Ejidal y/o de bienes comunales)
c) Identificación oficial vigente con fotografía de los integrantes del Comisariado Ejidal y/o de bienes comunales (Credencial para votar, licencia de conducir, pasaporte, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional, credencial de INAPAM, no es necesario que los datos coincidan con el comprobante de domicilio) de la persona solicitante, esta deberá tener domicilio en La Magdalena Contreras.
d) CURP de las personas integrantes del Comisariado Ejidal y/o de bienes comunales; solo en caso de no contar con ella en la identificación oficial.
e) constancia de situación fiscal del núcleo agrario y/o de los integrantes del Comisariado Ejidal y/o de bienes comunales;
f) Comprobante de domicilio de núcleo agrario (recibo de luz, teléfono, predial, agua), con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la fecha de solicitud; solo en caso de no estar visible en la identificación oficial.
g) Proyecto a implementar y/o consolidar (agropecuario, ecoturístico, sostenible y/o sustentable), en un máximo de 10 cuartillas, letra arial 10, interlineado sencillo, párrafo justificado.

La documentación se entregará en fotocopia legible en el tiempo y los lugares establecidos en la convocatoria correspondiente. Deben presentarse los originales para cotejo.

La documentación se entregará en fotocopia legible durante el día 09 de octubre de la presente anualidad en un horario de las 08:00 a las 10:00 horas, en las oficinas de la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular, ubicadas en Calle Río Blanco Núm. 9, Colonia Barranca Seca, C.P. 10580, Alcaldía La Magdalena Contreras. Deben presentarse los originales para cotejo.

La documentación que sea entregada en fecha, área o a persona distinta a la estipulada se tendrá como no presentada. El registro de solicitudes no garantiza la asignación de los Apoyos de la Acción Social, sólo garantiza el derecho a ser calificado como favorable o desfavorable.

8. Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.
El ciudadano que desee reclamar su inclusión, inconformidad o rendición de cuentas de la Acción Social, lo podrá hacer de la forma siguiente:

Presentar su requerimiento mediante escrito libre y/o solicitando audiencia con la Titular de la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular de la Alcaldía La Magdalena Contreras; el documento deberá ser entregado en las oficinas del servidor público referido, ubicadas en Álvaro Obregón 20, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 55 54 49 61 32 en Horario de 9:00 a 15:00 horas.
Los requerimientos sobre la Acción Social los podrá realizar el (la) solicitante, si considera que se le excluye, incumple o contraviene, las disposiciones previstas en la Ley y/o los presentes Lineamientos.

Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) de la solicitante que presenta la queja.
Motivo del requerimiento.
Descripción precisa del hecho que lo motivó.
Una vez interpuesto el requerimiento, la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular dará el seguimiento y emitirá respuesta en un plazo no mayor a 10 días naturales.
En caso de inconformidad con la respuesta recibida, las personas solicitantes pueden dirigirse al Órgano Interno de Control en la Alcaldía La Magdalena Contreras ubicada en Río Blanco s/n Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 55 54 49 6112 para manifestar sus inconformidades.

En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Acción Social no resuelva el requerimiento, las personas beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de la Acción Social o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrarsu queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.

Para evitar efectos económicos negativos en la población que requiera suscribir quejas o inconformidades respecto a la Acción Social, pueden hacerlo mediante llamada telefónica a las oficinas referidas. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (800 433 2000).

TRANSITORIO

ÚNICO. – Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ciudad de México a 17 de septiembre de 2026

JOSÉ FERNANDO MERCADO GUAIDA
ALCALDE EN LA MAGDALENA CONTRERAS

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