La Alcaldía La Magdalena Contreras convoca a todos las niñas, niños y jóvenes, que desarrollen una actividad de formación artística en alguno de los recintos culturales de la Alcaldía a participar en la Acción Social “Formación Cultural Artística”, a través de las siguientes:
BASES
1. Objetivo general.
Contribuir a la integración social de la población de la Demarcación y en especial de las juventudes, mediante el fomento y la promoción de actividades artísticas y culturales a través de apoyos que estimulen la participación de la población en actividades de esta naturaleza.
2.Objetivos específicos.
- Promover en niñas, niños, adolescentes y jóvenes de entre 5 a 29 años, la permanencia en actividades para la formación artística.
- Entregar los apoyos a la totalidad de las personas beneficiarias que integren el padrón.
- Fomentar la participación de mujeres y niñas a las actividades culturales auspiciadas por la Alcaldía a través de la priorización de los apoyos en un 52% a favor de estas últimas.
- Otorgar apoyos económicos a niñas, niños, adolescentes y jóvenes como incentivo para coadyuvar en la continuidad del desarrollo de sus actividades de formación artística en espacios culturales de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
3. Requisitos.
- Habitar en la Demarcación Territorial de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
- Acreditar su participación en las actividades Culturales auspiciadas por la Alcaldía.
- Asistir a los espacios, horarios y fechas establecidos en los términos estipulados en la convocatoria que se dará a conocer
- a través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y sitios oficiales de la alcaldía.
- Formato de Solicitud de Ingreso, aprobado por la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena
- Contreras, mismo que será proporcionado al momento de la inscripción.
- No ser beneficiario de otro programa similar.
- No ser servidor público.
4. Documentos.
- Identificación oficial vigente del solicitante (en caso de ser menor de edad deberá presentarse identificación del padre, madre o tutor), la cual podrá ser Credencial de elector, pasaporte, licencia, cédula profesional, cartilla del servicio militar o constancia de residencia emitida por autoridad competente.
- Documento de acreditación de su participación en las actividades Culturales auspiciadas por la Alcaldía de al menos 5 meses, mismo que será proporcionado por la Dirección General de Bienestar Social.
- Comprobante de domicilio, en caso de que no se encuentre explícitamente en la identificación presentada.
- CURP del solicitante, en caso de que no se encuentre explícitamente en la identificación presentada.
- En caso de ser menor de edad, Acta de Nacimiento.
- Formato de solicitud y vale de entrega debidamente requisitado, mismos que serán proporcionados al momento de la Inscripción por el área responsable.
Fechas clave
| Fecha | Proceso |
| 11 a 13 de noviembre de 2025 | Recepción de documentos en Casa de Bellas Artes “Juventino Rosas” de 10:00 hrs a 16:00 hrs |
| 14 al 20 de noviembre de 2025 | Dictaminación y deliberación |
| 24 de noviembre de 2025 | Publicación de resultados |
La documentación se entregará en fotocopia legible en el tiempo y los lugares establecidos en la Convocatoria. Deben presentar los originales para cotejo. La documentación que sea entregada en fecha, área o a persona distinta a la estipulada se tendrá como no presentada.
*No podrán establecerse requisitos de acceso adicionales a los señalados en los Lineamientos de Operación.
5. Apoyos
Personas Beneficiarias | Monto por ministración
|
Frecuencia
|
Monto Presupuestal
|
200 |
$8,000
|
Única | $1,600,000.00 (Un millón seiscientos mil pesos 00/100 M.N.) |
6. Criterios de elección de la población.
Criterios de elegibilidad.
Los criterios para focalizar los recursos en la población con mayores carencias se considerarán en el orden que sigue:
- El criterio de elegibilidad será el cumplimiento de los requisitos.
- Para fomentar la participación de mujeres y niñas a las actividades culturales auspiciadas por la Alcaldía se priorizará la entrega de los apoyos en un 52% a favor de estas últimas.
- En caso de que la cantidad de solicitudes sea mayor a la cantidad de apoyos disponibles y una vez agotados los criterios anteriores, la asignación de los folios restantes se realizará mediante un mecanismo de aleatorización y sorteo que permita seleccionar de forma clara a las personas beneficiarias.
7. Operación de la acción.
- Todos los formatos y trámites son gratuitos para las personas solicitantes.
- Las actividades y procedimientos internos de control que se realizan para garantizar la implementación de los servicios y las transferencias.
- La Dirección General de Bienestar Social supervisará que las actividades se realicen en tiempo y forma a través de sus Unidades Administrativas.
- La Subdirección de Cultura y Patrimonio, a través de sus Unidades Administrativas, se encargará de procesar la documentación necesaria para comprobar la entrega del apoyo, así como de los diversos instrumentos de recolección, procesamiento y almacenamiento de datos.
De acuerdo con en el artículo 67 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México, Los subsidios, apoyos y ayudas, tanto de tipo material como económico que se otorguen con objeto de los programas sociales específicos implementados por el Gobierno, deberán llevar impresa de manera clara y visible la siguiente leyenda: “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
8. Padrón de Personas Beneficiarias o listado de identificación de personas beneficiarias.
Los datos solicitados a los participantes de la Acción Social para la integración del padrón serán cuando menos los
siguientes:
- Nombre completo
- Lugar y fecha de nacimiento;
III. Sexo
- Edad
- Domicilio
- Datos de los padres o tutores, en su caso, y
VII. Clave Única de Registro de Población.
9. Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.
La persona que desee reclamar su inclusión, inconformidad o rendición de cuentas de la Acción Social, lo podrá hacer de la forma siguiente:
Presentar su requerimiento mediante escrito libre y/o solicitando audiencia con el Titular de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras; el documento deberá ser entregado en las oficinas del servidor público referido, ubicadas en Álvaro Obregón 20, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6132 en Horario de 9:00 a 18:00 horas.
Los requerimientos sobre la Acción Social los podrá realizar el (la) solicitante, si considera que se le excluye, incumple o contraviene, las disposiciones previstas en la Ley y/o los presentes Lineamientos.
- Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
- Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) de la solicitante que presenta la queja.
- Motivo del requerimiento.
- Descripción precisa del hecho que lo motivó.
Una vez interpuesto el requerimiento, la Dirección General de Bienestar Social dará el seguimiento y emitirá respuesta en un plazo no mayor a 10 días naturales.
En caso de inconformidad con la respuesta recibida, las personas solicitantes pueden dirigirse al Órgano Interno de Control en la Alcaldía Magdalena Contreras ubicada en Río Blanco s/n Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6112 para manifestar sus inconformidades.
En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Acción Social no resuelva el requerimiento, las personas beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de la Acción Social o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarse a la
Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.
Para evitar efectos económicos negativos en la población que requiera suscribir quejas o inconformidades respecto a la Acción Social, pueden hacerlo mediante llamada telefónica a las oficinas referidas. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01 800 433 2000).
