ALCALDÍA EN LA MAGDALENA CONTRERAS
ALICIA MEDINA HERNÁNDEZ, TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO, FOMENTO ECONÓMICO Y ECONOMÍA CIRCULAR, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 122 apartado A, fracción I, VI inciso a) y c) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículos 1 numerales 1,4 y 5, artículo 52, numerales 1,2 fracciones I, XX y XXI, numeral 12 fracciones I y XV, apartado B, numerales 1,3, inciso a) y b) de la Constitución Política de la Ciudad de México; artículo 3 y 11, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; artículos 1,2 fracciones I,3,4,5,6,15,20,21,71 y 74, de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México; así como por el Acuerdo publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el día 11 de abril de 2022, por el que se delegan al titular de la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular, la facultad para suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como celebrar, otorgar y suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos de carácter administrativo o de cualquier otra índole dentro de sus atribuciones, así como la operación de la Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular.
CONSIDERANDO
I.-Que, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 36 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, corresponde determinar al Titular de cada Sujeto Obligado en su calidad de responsable del tratamiento de Datos Personales y conforme a su respectivo ámbito de su competencia determinar la Creación, Modificación o Supresión de Sistemas de Datos Personales.
II.- Que, de conformidad con el artículo 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los Sistemas de Datos Personales está a cargo de los Entes Públicos y su Creación, Modificación o Supresión deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
III.- Que, de manera adicional, el artículo 63 de los Lineamiento de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México establece como obligación para todos los entes públicos que la Creación, Modificación o Supresión de Sistemas de Datos Personales sólo podrá efectuarse mediante Acuerdo emitido por el Titular del Ente, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
En mérito de lo expuesto y fundado, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL SISTEMA DE DATOS PERSONALES PARCELAS DEMOSTRATIVAS “PRODUCCIÓN PARA EL CAMPO” DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS
PRIMERO. Se crea el sistema de datos personales: Parcelas Demostrativas “Producción para el Campo”
A). Finalidad o finalidades:
Realizar un registro de las agricultoras, los agricultores, así como personas interesadas, las cuales deseen recibir capacitación en sus parcelas, sobre técnicas de cultivo, tanto nuevas como tradicionales, plaguicidas y tecnologías agrícolas
B). Normativa aplicable:
1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los artículos 6 apartado A, fracción II y 16 párrafo segundo. 2.- Constitución Política de la Ciudad de México, los artículos 7 apartado E y 53 apartado A numeral 1.
3.- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, el artículo 11. 4.- Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, los artículos 1,2,3,4,5,6, artículos 20, fracciones III, X y XIV, 29, fracción IV y 34 y 58.
5.- Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, los artículos 44 y 46.
6.- Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, los artículos 6 fracción XII, XXII, XXIII, Y XLI,21, 24, fracción XXII, 186, 191, 233, 240, 241 y 243.
7.- Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, los artículos 1, 2, fracción III, IX, 3 fracción 10, 17, 18, 19, 20, 22 fracción V, 24 y 37.
8.- Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México, artículos 1, 2 fracción III, IX, X, 3 fracción X, 17, 18, 19, 20, 22 fracción V, 24 y 37.
9.- Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México. los artículos 9, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39 y 45.
10.- Ley de Archivos de la Ciudad de México, los artículos 1, 3, 4, fracción IV, VI, XII, LIX y 30
11.- Manual Administrativo del Órgano Político Administrativo en La Magdalena Contreras, (REGISTRO MA-30/071119- OPA-MACO-2/010119)
C). Transferencias:
1.- Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México. 2.- Auditoria Superior de la Ciudad de México.
3.- Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México.
4.- Órganos Internos de Control.
5.- Órganos Jurisdiccionales Federales.
D). Personas físicas o grupos de personas sobre la que se recaben o traten datos personales
Productoras, Productores Agropecuarios y personas interesadas de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
E). Estructura Básica del Sistema de Datos Personales y la descripción de los tipos de datos incluidos:
Datos identificativos:
Nombre
Edad
Sexo
Domicilio Particular
Domicilio de la Parcela
Teléfono
Ocupación
Electrónicos
Correo electrónico
Modo de tratamiento: Físico
F). Instancias Responsables del tratamiento del sistema de datos personales:
Dirección General de Desarrollo, Fomento Económico y Economía Circular.
Usuarios:
Subdirección de Turismo, Proyectos Productivos y Cooperativismo
Jefatura de Unidad Departamental de Productores Locales y Fomento Cooperativo
G). Áreas ante las que podrán ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (ARCO) y procedimiento a través del cual se podrán ejercer los derechos ARCO:
El titular de los datos personales podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de sus datos personales (derechos ARCO), así como la revocación del consentimiento como lo establece la normativa, directamente ante la Unidad de Transparencia de La Alcaldía La Magdalena Contreras ubicada en Rio Blanco S/N 4to Piso, Colonia Barranca Seca, Alcaldía La Magdalena Contreras C.P. 10580 Ciudad de México con número telefónico 55 54 49 60 00 ext. 1214, en el correo electrónico oip@mcontreras.gob.mx, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (http://www.plataformadetransparencia.org.mx/), o bien mediante el número de TEL INFO 55 56 36 46 36.
H). Nivel de seguridad y mecanismos de protección:
Nivel de seguridad aplicable: Básica
Medidas de Seguridad: Administrativas
TRANSITORIOS
PRIMERO. En cumplimiento al artículo 37 fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligado de la Ciudad de México, publíquese el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
SEGUNDO. Se instruye al responsable del Sistema de Datos Personales, para que realice la inscripción del sistema de datos personales Parcelas Demostrativas “Producción para el Campo”, en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales a cargo del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, en términos de lo que establecen los artículos 38 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México y 67 de los Lineamientos Generales de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
TERCERO. Se instruye al Enlace en materia de Datos Personales para que notifique al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, la publicación del presente Acuerdo de Creación del sistema de datos personales Parcelas Demostrativas “Producción para el Campo” de conformidad con el artículo 63 de los Lineamientos de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México; así como el nivel de seguridad aplicable de conformidad con lo establecido en el artículo 25 último párrafo de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligado de la Ciudad de México, dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.
CUARTO. El presente Acuerdo entrará en vigor, una vez publicado el Acuerdo correspondiente, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
Ciudad de México, a XX de XXXX de 2025.
(Firma)
ALICIA MEDINA HERNÁNDEZ
DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO, FOMENTO ECONÓMICO Y ECONOMÍA CIRCULAR.