Trigésimo Primero. – Los titulares de la Cédula de Empadronamiento podrán realizar la designación de un beneficiario mediante escrito dirigido a la Dirección General Jurídica y de Gobierno, para que, en caso de su fallecimiento, la persona designada goce del derecho de preferencia, y en caso de ser procedente, se realice a su favor el cambio de nombre en la Cédula de Empadronamiento.
Trigésimo Segundo.- En caso de que en los archivos de la Dirección General Jurídica y de Gobierno no conste la designación de algún beneficiario, los familiares directos del titular de la Cédula de Empadronamiento en igualdad de circunstancias, gozarán del derecho de preferencia, para que en caso de ser procedente, se realice a su favor el cambio de nombre en la Cédula de Empadronamiento, atendiendo el siguiente orden de prelación:
- Cónyuge supérstite, quien acreditará tal carácter con la copia certificada del acta de matrimonio;
- Concubina o concubino, quienes harán valer tal carácter cuando comprueben, conforme a la normatividad aplicable en la materia, haber vivido en común en forma constante y permanente por el período de tiempo establecido en la legislación aplicable o tengan un hijo en común antes de haberse cumplido dicho período;
- Descendientes en línea directa, quienes acreditarán tal carácter con la copia certificada del acta de nacimiento; y
- Ascendientes en línea directa, quienes acreditarán tal carácter con la copia certificada del acta de nacimiento del autor de la sucesión.
Trigésimo Tercero. – El formato de solicitud autorizado deberá ingresarse invariablemente ante la Ventanilla Única, acompañado de los siguientes requisitos:
- Cédula de Empadronamiento;
- Identificación oficial vigente del interesado;
- Acta de nacimiento del interesado;
- Clave Única de Registro de Población del interesado;
- 3 fotografías del interesado tamaño credencial;
- Comprobante de domicilio del interesado, no mayor a tres meses de antigüedad;
- Autorización sanitaria expedida por la autoridad competente, para aquellos comerciantes que para el ejercicio de sus actividades requieran dicho documento;
- Acta de defunción del titular de la Cédula de Empadronamiento;
- En su caso, documento que acredite el matrimonio, concubinato o parentesco;
- En su caso, documento que acredite la representación legal; y
- Comprobante de pago de derechos por el uso y utilización de locales de Mercados Públicos del Distrito Federal correspondiente al año en que se realiza la solicitud y cuatro años anteriores.