Trámites y Servicios

ACTA DE NACIMIENTO

El acta de nacimiento es el documento oficial de los Estados Unidos Mexicanos que acredita tu nombre y apellidos, tu sexo, tu nacionalidad mexicana, indica la fecha y lugar de tu nacimiento, así como la filiación legalizando la unión del hijo con sus padres o las personas que detenten la patria potestad y en el cual se certifica dando fe y fecha del acto fedatario público que da certeza del documento expedido con sellos y firmas del responsable del Juzgado u Oficina de Registro Civil de la Ciudad de México.

Gracias a este documento se podrá otorgar a la persona un documento de identidad para poder ser identificado como ciudadano y de esta manera se podrá reconocer todos su derechos y obligaciones presentes en la Constitución.

El trámite para el registro de una persona en la CDMX, se hace de manera presencial en los Juzgados u Oficinas del Registro Civil.

Copia certificada de TU ACTA DE NACIMIENTO en línea:

Requisitos registro de un menor

  • Formato de solicitud TCEJUR_DGRC_RAE_1  descarga y llena los datos solicitados.
  • Identificación oficial de los comparecientes (padres y 2 testigos) en original para cotejo y copia simple de: Credencial para Votar o Cédula Profesional o Cartilla del Servicio Militar Nacional o Licencia para Conducir o Pasaporte.
  • Comprobante de domicilio de la Ciudad de México no mayor a 3 meses en original para cotejo y copia simple de: estado de cuenta de servicio telefónico o recibo del servicio de luz o boleta de servicio de agua o boleta del impuesto predial.
  • Original y copia del certificado de nacimiento emitido por la Institución donde ocurrió el nacimiento. Formato expedido por  la Secretaría de Salud. A falta de certificado o constancia, deberá presentar ante el Juez del Registro Civil denuncia de hechos ante la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, donde conste la razón de la falta de documentos y las circunstancias en que ocurrió el nacimiento.
  • Original y copia certificada del acta de matrimonio o de las actas de nacimiento de las personas progenitoras.
  • En caso de que alguno de los progenitores o ambos sean extranjeros deberán presentar acta de matrimonio o de nacimiento apostillada o legalizada y, en caso de estar a otro idioma, traducida por un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México en original.