LINEAMIENTOS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, ECONOMÍA, GASTO EFICIENTE Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL

 ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

 

Mtro. Francisco Javier Castro Hernández, Director General de Administración y Finanzas en la Alcaldía la Magdalena Contreras, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122, Apartado A, fracción VI, incisos a) y c); y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3 numeral 2, inciso b), 53 Apartado A, numerales 1, 2, fracción XXI, 11 y 12 fracciones I, XIII y XV; Apartado B numerales 1 y 3 inciso a), fracciones I y III; y 60 numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 2 fracción II, 3, 4, 5, 9, 16, 20 fracción  XXIV, 21, 29 fracciones I y XIII, 30, 31 fracciones I, III y XI y 154 primer párrafo, 166 y 228 de la Ley Orgánica de las Alcaldías de la Ciudad de México; 12 y 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia de Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de los Recursos de la Ciudad de México; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México; así como el artículo 44, fracciones II y IV del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2025; así como el Acuerdo por el que se delega en la persona titular de la Dirección General de Administración y Finanzas, las facultades que se indican en la fracción III, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México de fecha 14 de octubre de 2024; y

CONSIDERANDO

Que de conformidad con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los recursos económicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, los recursos se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3, numeral 2, inciso b), de la Constitución Política de la Ciudad de México, se establece como principio la rectoría del ejercicio de la función pública apegada a la ética, la austeridad, la racionalidad, la transparencia, la apertura, la responsabilidad, la participación ciudadana y la rendición de cuentas con control de la gestión y evaluación, en los términos que fije la Ley.

Que el artículo 90 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, dispone que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Alcaldías y Entidades, así como los Órganos Autónomos y de Gobierno deberán tomar las medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas y funciones aprobadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos vigente.

Que de conformidad con lo estipulado en el artículo 44 del Decreto por el que se expide el Decreto de Presupuestos de Egresos de la Ciudad de México para el Ejercicio Fiscal 2025, se establece que la administración de los recursos asignados, de las erogaciones por conceptos de alimentación, energía eléctrica, agua potable, fotocopiado, materiales de impresión e inventarios; combustibles, servicio telefónico, arrendamientos, honorarios, estudios e investigaciones, publicidad, propaganda y erogaciones relacionadas con actividades de Comunicación Social, viáticos y pasajes, vehículos, equipos, insumos y bienes, gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales y para investigaciones oficiales y los demás que resulten aplicables y/o determine la Secretaría de Administración y Finanzas, a cargo de las personas titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías serán conjuntamente responsables con las personas servidoras públicas encargadas de sujetarse a lo estrictamente indispensable y a los criterios de racionalidad, austeridad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal.

Que el artículo 12, párrafo segundo, de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de Recursos de la Ciudad de México, dispone que los sujetos obligados deberán emitir y publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los lineamientos de austeridad para hacer efectiva las disposiciones establecidas en dicha Ley.

Que la Alcaldía La Magdalena Contreras se ha comprometido a implementar medidas tendientes a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y realizar acciones que permitan fortalecer el uso de los recursos.

Por lo antes expuesto, tengo bien a emitir el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE RACIONALIDAD, AUSTERIDAD, ECONOMÍA, GASTO EFICIENTE Y DISCIPLINA PRESUPUESTAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS PARA EL EJERCICIO FISCAL 2025.

 

PRIMERO. OBJETO

Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las medidas y acciones que deberán realizar y adoptar las personas servidores públicas trabajadoras de la Alcaldía La Magdalena Contreras, en el ámbito de su competencia, con el propósito de fortalecer el cuidado y uso óptimo de los recursos públicos, y generar ahorros económicos y concientizar a las personas servidoras públicas, bajo criterios de austeridad, racionalidad, economía, gasto eficiente y disciplina presupuestal de los recursos públicos asignados a la Alcaldía La Magdalena Contreras para el ejercicio fiscal 2025.

 

SEGUNDO. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Los presentes Lineamientos son de observancia obligatoria a todas las personas servidoras públicas de la Alcaldía La Magdalena Contreras.

Corresponde a la Alcaldía, a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, dar seguimiento al cumplimiento de los presentes lineamientos.

 

TERCERO. DISPOSICIONES GENERALES

Todas las Unidades Administrativas de la Alcaldía, serán las responsables del cumplimiento de los presentes Lineamientos, en el ámbito de su competencia.

Para efectos administrativos, la Dirección General de Administración y Finanzas, a través de Dirección de Recursos Materiales, Abastecimientos y Servicios, y las unidades Administrativas que le están adscritas, serán responsables de la interpretación de los presentes lineamientos, así como los casos no previstos en los mismos y podrán establecer medidas adicionales y complementarias.

Para tal efecto, los Titulares de las Unidades Administrativas, seguirán promoviendo el uso intensivo de las tecnologías de la información y comunicaciones, para reducir el costo de los recursos materiales y servicios.

CUARTO. EN MATERIA PRESUPUESTAL Y FINANCIERA

Se optimizarán los recursos correspondientes al capítulo 2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”, sin que se afecte las actividades sustantivas encomendadas a cada área.

Todos los proyectos quedaran sujetos a disponibilidad presupuestaria.

 

QUINTO. EN MATERIA DE CAPITAL HUMANO

La asignación de remuneraciones adicionales correspondientes a horas extraordinarias y guardias, se realizará de manera racional y de conformidad con las necesidades reales de las áreas.

 

SEXTO. EN MATERIA DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Las medidas y acciones de austeridad en la administración de recursos y erogaciones por conceptos de energía eléctrica, agua potable, fotocopiado, combustible y uso de vehículos utilitarios, materiales y suministros, serán las siguientes:

I. CONSUMO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

I.1 Las personas servidoras públicas de la Alcaldía La Magdalena Contreras deberán mantener apagadas las luces de las áreas que no requieran iluminación en horarios inhábiles y se mantengan apagadas cuando se ausenten de la oficina.

I.2 La Alcaldía, a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, y la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, son las encargadas de implementar de forma periódica, revisiones físicas a las instalaciones eléctricas de oficinas de la Alcaldía, con el objeto de detectar posibles fallas y, en su caso, corregirlas a fin de garantizar su adecuado funcionamiento.

I.3 Verificar que las computadoras tengan activado el modo de energía de todos los sistemas de ahorro en los equipos de cómputo, escaneo, impresión y fotocopiado, de tal manera, que sólo permanezcan encendidos el tiempo que se requiera para procesar la información o la impresión y escaneo de documentos y desconectar diariamente al final de la jornada.

1.4 A los Titulares de todas las Unidades Administrativas de la Alcaldía, les corresponde limitar el uso de electrodomésticos, como ventiladores, aires acondicionados, entre otros.

I.5 La Alcaldía, a través de la Dirección General de Obras y Desarrollo Urbano, debe priorizar el uso de lámparas y focos ahorradores, así como los basados en nuevas tecnologías.

II. CONSUMO DE AGUA POTABLE

El personal de la Alcaldía La Magdalena Contreras deberá de utilizar de manera racional el agua potable, incluido los sanitarios, lavamanos y regaderas; además, deberán reportar las fugas de agua potable y averías detectadas, a la Subdirección de Mantenimiento de Edificios Públicos para su reparación.

La Subdirección de Mantenimiento de Edificios Públicos deberá realizar revisiones periódicas a las instalaciones hidrosanitarias, para su óptimo funcionamiento.

III FOTOCOPIADO, IMPRESIÓN Y CONSUMO DE PAPEL BOND

III.1. Los Titulares de todas las Unidades Administrativas de la Alcaldía La Magdalena Contreras, deben promover una cultura de uso racional de papel, privilegiar la utilización de medios electrónicos de comunicación, como el correo electrónico, el almacenamiento en dispositivos electrónicos, medios magnéticos y nube, evitando al máximo la utilización de papel para la elaboración y reproducción física de documentos.

III.2 Las Unidades Administrativas, deberán distribuir en medios digitales, guías, manuales, lineamientos, leyes o cualquier otro documento cuya finalidad sea para consulta, debiéndose distribuir vía correo electrónico.

III.3 Cuando se emita oficio con “copia para conocimiento” que se dirija a servidores públicos que requieran conocer el contenido del documento preferentemente deberá ser remitido de forma digital vía correo electrónico, debiendo acusar de recibido por la misma vía.

III.4 Promover el reciclado de papel en la impresión de documentos internos.

 

IV. COMBUSTIBLE Y VEHÍCULOS

IV.1 Queda prohibido utilizar vehículos oficiales en actividades personales, para sí o de terceros, así como fuera de días y horas hábiles u horario autorizado por las Unidades.

IV.2 Los vehículos oficiales de la Alcaldía, únicamente podrán utilizarse en actividades sustantivas, administrativas, operativas y de gestión que requiera la Administración Pública, en el desempeño de sus funciones en días, horas hábiles y conforme a las bitácoras de recorridos para el desempeño de dichas funciones.

IV.3 Continuar con el control del uso del parque vehicular de la Alcaldía, así como de las recargas de combustibles, mediante “Bitácora de ruta de vehículo”, en la cual se precisarán las fechas de salidas que tenga el vehículo, los lugares de recorrido, el kilometraje de la unidad al inicio y conclusión del servicio, nombre de quien conduzca la unidad, fechas en las cuales se suministre combustible, así como un rubro de observaciones del conductor.

IV.4 El personal de la Alcaldía La Magdalena Contreras que tenga asignado un vehículo oficial, propiedad o en posesión de cualquier Unidad Administrativa, es directamente responsable del uso que haga del mismo y será obligado a cubrir los daños que pudiera ocasionar al vehículo como resultado de algún percance por negligencia, conducción irresponsable o en estado de ebriedad, bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos o de cualquier otra sustancia psicotrópica. Así mismo deberán realizar el pago de las infracciones o multas viales generadas., hasta la liberación del vehículo oficial, con sus propios recursos.

IV.5 Las Unidades Administrativas, sólo deben operar con su dotación de combustible ordinaria, a excepción de vehículos de emergencia, de seguridad y servicios públicos prioritarios, o por algún operativo, quienes pueden solicitar una dotación extraordinaria adicional.

V. MATERIALES Y SUMINISTROS

V.I Las Unidades Administrativas deberán realizar una planeación adecuada de los eventos y establecer medidas para racionalizar el uso del servicio de cafetería.

VI. MANTENIMIENTO

Todo servidor público tendrá bajo su cuidado y responsabilidad, la guarda y custodia del mobiliario, equipo de materiales y útiles de administración y demás bienes que tenga asignados para el desempeño de sus funciones, estando obligados a mantenerlos en condiciones apropiadas e informar a las instancias correspondientes cualquier avería que se presente

PartidaConceptoEjercido
2611Combustibles, Lubricantes Y Aditivos29,295,083.3036,850,635.0339,144,948.39
3112Servicio De Energía Eléctrica14,836,067.3613,945,133.8411,048,888.00
3131Agua Potable7,747,940.008,490,031.007,947,121.00
3361Servicio De Apoyo Administrativo Y Fotocopiado383,193.49445,845.63411,170.68
La Jefatura de Unidad Departamental de almacenes e Inventarios, en el ámbito de su competencia, determinará los bienes que puedan ser reutilizados a fin de reducir las adquisiciones.

 

TRANSITORIOS

PRIMERO. En cumplimiento a lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de los Recursos de la Ciudad de México, publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Aviso por el cual se dan a conocer los Lineamientos de Racionalidad, Austeridad, Economía, Gasto Eficiente y Disciplina Presupuestal de la Alcaldía La Magdalena Contreras para el Ejercicio Fiscal 2025.

SEGUNDO.  El presente Aviso entrará en vigor al día siguiente de su publicación, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

TERCERO. Para mayor difusión, El presente Aviso estará disponible en la página institucional de la Alcaldía La Magdalena Contreras.

Ciudad de México, a los 23 días del mes de abril de 2025.

 

MTRO. FRANCISCO JAVIER CASTRO HERNÁNDEZ

DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

EN LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS

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