CONVOCATORIAS
Acción Social | Reconocimiento a la Seguridad Ciudadana
CONVOCATORIA DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA “APOYO ALIMENTARIO” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE BIENESTAR SOCIAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS.
Nombre de la Acción Social.
Apoyo Alimentario.
Tipo de Acción Social.
Transferencia en especie.
Objetivo específico.
Apoyar la sana alimentación de 1,814 familias contrerenses que, por motivo de las bajas temperaturas, situación que agrava la vulnerabilidad social, a través de transferencias en especie que contribuyan a mejorar su calidad de vida.
Metas físicas.
Otorgar hasta 1,814 transferencias en especie (pavos) a familias usuarias contrerense que vivan con una situación de vulnerabilidad dentro de las colonias de muy bajo y bajo índice de desarrollo social.
Requisitos de acceso.
Requisitos
- Tener domicilio en la Demarcación La Magdalena Contreras.
- Solicitar incorporación a la Acción Social en los términos establecidos en la convocatoria correspondiente.
- Manifestar bajo protesta de decir verdad, encontrarse en situación de vulnerabilidad.
Documentación.
- Identificación oficial con fotografía y firma vigente (credencial del INE o IFE, licencia de conducir, INAPAM, pasaporte o cartilla del servicio militar nacional o constancia de identidad emitida por autoridad competente).
- Formato de recibo de apoyo debidamente llenado. (Proporcionado durante el proceso de solicitud)
- Carta bajo protesta de decir verdad que se encuentra en situación de vulnerabilidad. (Proporcionado durante el proceso de solicitud adjunto a la solicitud de ingreso)
- Acudir el día 23 de diciembre en horario de 13:00 a 17:00 horas, en el Centro Deportivo Casa Popular.
La documentación se entregará en fotocopia legible en el tiempo y los lugares establecidos en la convocatoria. La documentación que sea entregada en fecha, área o a persona distinta a la estipulada se tendrá como no presentada. Las formas de presentación de solicitudes y documentación podrán ser a través de medios digitales y serán compatibles con las disposiciones sanitarias vigentes en cada momento en la Ciudad de México.
No podrán establecerse requisitos de acceso adicionales a los señalados en los Lineamientos de Operación.
Criterios de elección de la población.
Criterios de elegibilidad.
Los criterios para focalizar los recursos en la población con mayores carencias se considerarán habitar en alguna colonia de Muy bajo o Bajo Índice de Desarrollo Social de la Demarcación La Magdalena Contreras.
En caso de que la cantidad de solicitudes sea mayor a la cantidad de apoyos disponibles, se integrará un listado con los folios de cada aspirante que cumpla con los requisitos de acceso. Entre los potenciales beneficiarios que hayan realizado la inscripción y cumplan con los requisitos de acceso se realizará un listado de espera para la asignación de los bienes que se otorgarán por medio de la acción social, mismo que conforme a la disponibilidad se atenderá, sin que lo anterior cause obligación de entrega.
Operación de la acción.
Todos los formatos y trámites son gratuitos para las personas solicitantes.
Las actividades y procedimientos internos de control que se realizarán para garantizar la implementación de los servicios y las transferencias.
Criterios de exigibilidad, inconformidad, rendición de cuentas.
El ciudadano que desee reclamar su inclusión, inconformidad o rendición de cuentas de la Acción Social, lo podrá hacer de la forma siguiente:
Presentar su requerimiento mediante escrito libre y/o solicitando audiencia con el Titular de la Dirección General de Bienestar Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras; el documento deberá ser entregado en las oficinas del servidor público referido, ubicadas en Álvaro Obregón 20, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6132 en Horario de 9:00 a 18 horas.
Los requerimientos sobre la Acción Social los podrá realizar el (la) solicitante, si considera que se le excluye, incumple o contraviene, las disposiciones previstas en la Ley y/o los presentes Lineamientos.
Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
- Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) de la solicitante que presenta la queja.
- Motivo del requerimiento.
- Descripción precisa del hecho que lo motivó.
Una vez interpuesto el requerimiento, la Dirección General de Bienestar Social dará el seguimiento y emitirá respuesta en un plazo no mayor a 10 días naturales.
En caso de inconformidad con la respuesta recibida, las personas solicitantes pueden dirigirse al Órgano Interno de Control en la Alcaldía Magdalena Contreras ubicada en Río Blanco s/n Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 5449 6112 para manifestar sus inconformidades.
En caso de que la dependencia o entidad responsable de la Acción Social no resuelva el requerimiento, las personas beneficiarias o derechohabientes podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de la Acción Social o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas ante la Procuraduría Social de la Ciudad de México o bien registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente. De la misma forma, a la Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad de México.
Para evitar efectos económicos negativos en la población que requiera suscribir quejas o inconformidades respecto a la Acción Social, pueden hacerlo mediante llamada telefónica a las oficinas referidas. El mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral es la línea telefónica INETEL (01800 433 2000).