CUARTA. DE LOS CRITERIOS DE ELECCIÓN DE LA POBLACIÓN, REQUISITOS DE PERMANENCIA, CAUSALES DE BAJA O SUSPENSIÓN TEMPORAL.
Criterios de elegibilidad
Debido a que la Acción social no puede alcanzar la plena cobertura y las solicitudes implican recursos mayores a los disponibles, se establecen los siguientes criterios con los que se priorizará la inclusión de las personas a la Acción Social:
- Todas las colonias de la Demarcación serán consideradas para el otorgamiento de apoyos, no obstante, en igualdad de circunstancias y valoraciones, se dará preferencia a las solicitudes de habitantes de colonias con Índice de Desarrollo Social Muy bajo y bajo.
- En caso de que la cantidad de solicitudes sea mayor a la cantidad de apoyos disponibles, se deberá integrar un listado con los folios para cada aspirante que cumpla con los requisitos de acceso. Entre los potenciales beneficiarios que hayan realizado la inscripción y cumplan con los requisitos de acceso se deberá realizar un sorteo para la asignación de los bienes que se otorgarán por medio de la acción social. En el sorteo realizado deberá estar presente un representante de la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México.
- No se consideran suspensiones temporales para las personas beneficiarias.
- Se procederá a dar de baja a las personas beneficiarias cuando incurran en uno o más de los siguientes casos:
- En caso de no acudir a recoger el apoyo en la hora, fecha y lugar señalado en la Convocatoria, se hará la sustitución del beneficiario de acuerdo con la lista de espera.
- No presentar documentación que acredite la totalidad de los requisitos en la fecha designada o proporcionar datos falsos o documentación apócrifa.
- Que su comprobante de domicilio no se encuentre dentro de la Demarcación Territorial.
- Por defunción de la beneficiaria (o).
- Proporcionar información falsa sobre sus datos personales.
- Renunciar voluntariamente al apoyo recibido.
- Ser beneficiario de Programa, Acción Social o campaña referente a alguno de los servicios que marcan los presentes lineamientos, o campaña de fomento a esterilización de animales de compañía a nivel Local (Gobierno de la Ciudad de México) o Federal.
- La beneficiaria (o) que considere que su baja haya sido incorrecta o injustificada, podrá solicitar la revisión de su documentación particular mediante escrito libre dirigido al titular de la Dirección General de Desarrollo Social en días y horarios hábiles. La respuesta a su inconformidad no debe exceder 15 días naturales.
QUINTA. DE LOS APOYOS
Se brindarán apoyos de transferencia en especie hasta un máximo de 2474 tutores de animal de compañía, habitantes de la demarcación de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
- Esterilización canina
- Esterilización felina
- Profilaxis
- Vacunación canina (séxtuple, puppy, cuádruple, bordetella, rabia)
- Vacunación felina (séxtuple, cuádruple, rabia)
- Desparasitación
- Placa metálica institucional de identificación canina/felina
- Carnet institucional
SEXTA. CRITERIOS DE EXIGIBILIDAD, INCONFORMIDAD, RENDICIÓN DE CUENTAS.
El ciudadano que desee reclamar su inclusión, inconformidad o rendición de cuentas de la Acción Social, lo podrá hacer de la forma siguiente:
Presentar su requerimiento mediante escrito libre y/o solicitando audiencia con el Titular de la Dirección General de Desarrollo Social de la Alcaldía La Magdalena Contreras; el documento deberá ser entregado en las oficinas del servidor público referido, ubicadas en Álvaro Obregón 20, Col. Barranca Seca, C.P. 10580, Tel. 55 54 49 61 32 en Horario de 9:00 a 15:00 horas.
Todos los trámites y formatos son gratuitos y entregados al momento de la inscripción.
ARTÍCULO 38 DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL DISTRITO FEDERAL:
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes.
Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en el Distrito Federal, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.
LOS DATOS PERSONALES RECABADOS SERÁN PROTEGIDOS CONFORME A LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SU LEGISLACIÓN VIGENTE.
Las presentes Bases son un extracto del AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS DE LA ACCIÓN SOCIAL DENOMINADA “BIENESTAR ANIMAL” PARA EL EJERCICIO FISCAL 2022 A CARGO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL DE LA ALCALDÍA LA MAGDALENA CONTRERAS, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México en su ejemplar No. 989, de fecha 28 de noviembre de 2022.