Aviso por el cual se da a conocer la Convocatoria de la Acción Social Denominada “Reactivación Económica a Negocios”, para el Ejercicio Fiscal 2024, a cargo de la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
1.- Nombre de la Acción Social
1.1. Reactivación Económica a Negocios
2.- Tipo de acción social.
2.1. Transferencia Económica
3.- Entidad responsable.
3.1. Unidades Administrativas involucradas en la operación de la acción institucional:
3.1.1. Alcaldía La Magdalena Contreras
3.1.2. Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico. Coordinación, supervisión y enlace con el área administrativa.
3.1.3. Dirección General de Administración y Finanzas. Responsable de tramitar y registrar los movimientos presupuestarios,
transferencias de pago a los beneficiarios.
3.1.4. Subdirección de Empleo y Fomento al Consumo Local. Responsable de la ejecución e instrumentación de la línea de acción, así como de la integración de expedientes y de la conformación del padrón de las personas beneficiarias.
4.- Definición de poblaciones objetivo, beneficiarias y/o usuarias.
4.1. Población Potencial.
Considerando datos de la Secretaría de Economía (2020), se estima que en la Magdalena Contreras alrededor de 3,635 hogares tienen su sustento económico gracias a los micro y pequeños negocios por lo que de acuerdo a la composición de las familias con datos de INEGI se estima la población potencial en 14,903 personas.
4.2 Población Objetivo
La Población Objetivo de la presente Acción Social es de hasta 9,433 personas que tienen como medio de sustento los micro y pequeños negocios y que además se encuentren dentro del 63.3% que presenta algún nivel de pobreza, de conformidad a los cuadros de dimensiones de NBI por Alcaldías 2015 y 2020.
4.3 Población Beneficiaria:
Vertiente A de la presente acción social se estima en hasta 500 Establecimientos mercantiles y/o micro y pequeños negocios que esta acción social pretende impactar ya que las microempresas son todos aquellos negocios que tienen de 1 a 10 trabajadores, y las pequeñas empresas tienen de 11 a 50 trabajadores, que ofertan sus productos y servicios tales como: tiendas de abarrotes, tortillerías, panaderías, farmacias, salones de belleza, talleres, restaurantes, etc.
Vertiente B de la presente acción social son 250 Personas emprendedoras de la demarcación territorial La Magdalena Contreras, tales como: productos artesanales, manualidades, comestibles, ventas por catálogo en casa, entre otros.
Por lo tanto, la población objetivo total 500 establecimientos mercantiles y 250 personas emprendedoras.
5.- Objetivos generales y específicos.
5.1. Objetivo General.
Incentivar el crecimiento y desarrollo de la economía local, desarrollando la Acción Social “Reactivación Económica a Negocios”, cuyo objetivo es apoyar la reactivación económica de los establecimientos mercantiles y a las personas emprendedoras.
5.2. Objetivos Específicos.
Propiciar 500 apoyos económicos, para impulsar a los micro y pequeños empresarios, propietarios de micronegocios, establecimientos mercantiles y 250 apoyos a personas emprendedoras, el estímulo económico tendrá la finalidad de ser destinado para la compra de mobiliario, mercancía, materias primas, realizar trámites de regularización, así como todo aquello que ayude a fortalecer su negocio.
6.- Metas físicas
6.1. Otorgar 750 estímulos económicos (500 Establecimientos Mercantiles y 250 Personas emprendedoras).
7.- Presupuesto.
7.1. El presupuesto total para la presente Acción Social es de $8,000,000.00 (Ocho millones de pesos 00/100)
APOYOS | BENEFICIARIOS | MONTO POR BENEFICIARIO | FRECUENCIA | MONTO TOTAL | PRESUPUESTO |
---|---|---|---|---|---|
Vertiente A Transferencia Económica | 500 propietarios de negocios o empresas | $12,000.00 (Doce mil pesos 00/100 M.N.) | ÚNICA | $6,000,000.00 (Seis millones de pesos 00/100 m.n.) | |
Vertiente B Transferencia económica | 250 personas emprendedoras | $8,000.00 (Ocho mil pesos 00/100 m.n.) | ÚNICA | $2,000,000.00 (Dos millones de pesos 00/100 m.n.) | $8,000,000.00 (Ocho millones de pesos 00/100 m.n.) |
8.- Temporalidad.
8.1. Fecha de inicio: agosto de 2024
8.2. Fecha de termino: octubre de 2024.
9.- Requisitos de acceso.
9.1. Toda persona que solicite el apoyo derivado de esta Acción Social deberá cumplir con los siguientes requisitos:
-Tener domicilio en la Demarcación La Magdalena Contreras, tanto el beneficiario como el negocio.
-Solicitar incorporación a la Acción Social en los términos establecidos en la presente convocatoria.
-Entregar los documentos requeridos en el área correspondiente, en las fechas y horarios que se establecen a continuación.
-Llenar los formatos de registro y solicitud de incorporación a esta Acción Social, mismos que serán entregados por la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico.
-No ser beneficiario de ningún otro Programa o Acción Social con algún objetivo similar ejecutado por cualquier ente de la Ciudad de México o del Gobierno Federal.
-No ser servidor público de ningún nivel de gobierno.
-No proporcionar datos falsos, documentación apócrifa, alterada o falsificada.
La inobservancia de cualquiera de estos requisitos será causal de baja como beneficiario de la Acción Social de acuerdo con el numeral 11.14 de los presentes lineamientos
9.2. Documentos para beneficiarios.
Vertiente A: Aunado a lo anterior, se deberán presentar en original (para cotejo) y copia, los siguientes documentos:
a) Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial para votar (INE), pasaporte, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional o credencial INAPAM (no es necesario que los datos del domicilio coincidan con el comprobante)) de la persona solicitante con domicilio en La Magdalena Contreras.
b) Comprobante de domicilio con dirección en La Magdalena Contreras no mayor a 3 meses de expedición. Únicamente se aceptarán los siguientes: recibo telefónico, boleta de cobro de derechos por suministro de agua, boleta de cobro del impuesto predial, boleta de cobro de suministro de gas natural, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica o en su caso, cualquier otro servicio que se suministre de forma regular que indique el domicilio. De no contar con los mencionados, constancia de residencia emitida por la Alcaldía.
c) Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona solicitante.
d) Documento que acredite que el solicitante es el propietario del negocio o empresa que se encuentra dentro de la demarcación La Magdalena Contreras (Acta constitutiva, Aviso de Apertura ante SIAPEM, Documento de inscripción y/o solicitud de participación en ferias o bazares realizados por la Alcaldía o Carta bajo protesta de decir verdad de ser propietario del establecimiento.
e) Evidencia fotográfica del establecimiento mercantil.
f) Requisitar una “Carta bajo protesta de decir verdad” con firma autógrafa donde el solicitante manifieste que no es beneficiario de otro programa y/o Acción Social en La Alcaldía la Magdalena Contreras.
9.3. Documentos para beneficiarios.
Vertiente B: Aunado a lo anterior, se deberán presentar en original (para cotejo) y copia, los siguientes documentos:
a) Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial del INE, pasaporte, cédula profesional o cartilla del Servicio Militar Nacional , credencial de INAPAM, no es necesario que coincidan los datos con el comprobante de domicilio) de la persona solicitante, esta deberá tener domicilio en La Magdalena Contreras.
b) Copia de comprobante de domicilio del solicitante que se encuentre dentro de la demarcación La Magdalena Contreras (No mayor a tres meses de expedición). Únicamente se aceptarán los siguientes documentos: recibo telefónico, boleta de cobro de derechos por suministro de agua, boleta de cobro del impuesto predial, boleta de cobro de suministro de gas doméstico, boleta de cobro de suministro de energía eléctrica o en su caso, cualquier otro servicio que se suministre de forma regular que indique el domicilio. De no contar con los documentos mencionados, constancia de residencia emitida por la Alcaldía.
c) Clave Única de Registro de Población (CURP) de la persona solicitante. (Únicamente en caso de que no se especifique
en la identificación Oficial).
d) En su caso, carta bajo protesta de decir verdad que será entregada por la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico, que tiene mínimo un año de estar comercializando productos artesanales, manualidades, comestibles, ventas por catálogo en casa, entre otros.
e) Evidencia fotográfica de lo que se comercializa, con la que se acreditará el negocio a emprender.
f) Documento donde se describa brevemente el uso y/o destino que se le dará al apoyo otorgado.
g) Requisitar una “Carta bajo protesta de decir verdad” con firma autógrafa donde el solicitante manifieste que no es beneficiario de otro programa y/o acción social con un objetivo similar ejecutado por la Alcaldía La Magdalena Contreras, que será entregada por la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico.
h) Se dará prioridad a aquellos emprendedores que no hayan sido beneficiarios de esta acción social en años anteriores.
La documentación se entregará en fotocopia legible en las fechas y lugares establecidos en la convocatoria. La documentación que sea entregada en fecha, área o a persona distinta a la estipulada, se entenderá como no presentada.
Para poder ser considerado se deberá cumplir con un pre-registro en la liga https://registros.mcontreras.gob.mx los días 20, 21 y 22 de agosto.
Una vez realizado el pre-registro, el sistema brindará un número de folio para dar seguimiento a la solicitud de ingreso.
Los resultados de las y los beneficiarios de la Acción Social serán publicados mediante la página https://mcontreras.gob.mx y redes sociales oficiales de la Alcaldía el 2 de septiembre.
Los Beneficiarios seleccionados, deberán presentar en el módulo deportivo Oasis en Cerrada Soledad S/N, Colonia San Bernabé Ocotepec, CP 10300, alcaldía La Magdalena Contreras con la documentación en fotocopia legible en las fechas y horarios establecidos, de acuerdo al cuadro que se presenta.
DÍA | HORARIO | LETRA INICIAL DEL PRIMER APELLIDO |
---|---|---|
3 de septiembre de 2024 | 10:00 a.m. a 16:00 horas | A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, LL, |
4 de septiembre de 2024 | 10:00 a.m. a 16:00 horas | M, N, Ñ, O, P, Q, R, S, T, U, V, W, X, Y, Z |
La documentación se entregará en fotocopia legible en el tiempo y los lugares establecidos en la presente convocatoria. Deben mostrarse los originales para cotejo. La documentación que sea entregada en fecha, área o a persona distinta a la estipulada se tendrá como no presentada.
El llenado y entrega de los formatos de solicitud, así como la entrega de los documentos requisitos no garantiza ser beneficiario del Programa Social, únicamente ingresar al proceso de selección de la misma.
10.- Criterios de elección de la población.
10.1. Habitar preferentemente en alguna de las colonias de Bajo o Muy Bajo Índice de Desarrollo Social de la Demarcación La Magdalena Contreras.
10.2. Serán elegibles las personas que, al momento de solicitar el acceso a la acción social, cumplan con los requisitos establecidos en los presentes lineamientos.
10.3. Para el caso de la vertiente B se dará prioridad a mujeres emprendedoras que hayan participado en alguna feria o bazar de la Alcaldía durante el último año.
10.4. En cuanto a los micro y pequeños empresarios deberán presentar el registro de apertura de negocios (SIAPEM) y/o presentar Carta Bajo Protesta de Decir Verdad de que es el propietario del negocio.
10.5. En caso de que la cantidad de solicitudes sea mayor a la cantidad de apoyos disponibles, se deberá integrar un listado con los folios para cada aspirante que cumpla con los requisitos de acceso. Entre los potenciales beneficiarios que hayan realizado la inscripción y cumplan con los requisitos de acceso se deberá realizar un sorteo para la asignación de los bienes que se otorgarán por medio de la acción social. En el sorteo realizado deberá estar presente un representante del Órgano Interno de Control de la Alcaldía La Magdalena Contreras.
11.- Operación de la Acción.
A los habitantes de la Alcaldía La Magdalena Contreras. La Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico dirigirá las siguientes actividades para que se realicen en tiempo y forma a través de sus Unidades Administrativas.
11.1. La entrega de apoyos se realizará en los tiempos y lugares que se establezca en la convocatoria correspondiente.
11.2. Todos los trámites y formatos a realizar serán gratuitos.
11.3. Publicar la convocatoria en los medios establecidos.
11.4. Recibir las solicitudes y los documentos requeridos,
11.5. Otorgar un número o folio de registro.
11.6. Integrar los expedientes.
11.7. Revisar cada una de las solicitudes.
11.8. Elaborar una base de datos de los solicitantes que hayan cumplido con los requisitos.
11.9. La Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico enviará mediante oficio, el padrón de personas beneficiadas a la Dirección de General de Administración y Finanzas, para que se realicen los trámites correspondientes para la entrega de las transferencias monetarias, de acuerdo con el tipo y temporalidad que se determinan en los presentes lineamientos de operación.
11.10. Una vez que se realice la gestión ante la Dirección General de Administración y Finanzas, la Dirección General de
Desarrollo y Fomento Económico, a través de sus áreas administrativas, informará a las personas beneficiarias para que asistan a formalizar la entrega de la transferencia económica, la cual no podrá realizarse en eventos públicos masivos.
11.11. La Dirección General de Administración y Finanzas realizará los trámites necesarios para la entrega en tiempo y forma de la transferencia económica.
11.12. La Dirección General de Administración y Finanzas en coordinación con la Dirección de Desarrollo y Fomento Económico, se encargarán de procesar la documentación necesaria para comprobar la entrega del apoyo, así como de los diversos instrumentos de recolección de datos.
11.13. Las personas beneficiarias deberán firmar un acuse de recibido por la transferencia económica.
11.14. Serán causales de baja como beneficiarios de la Acción Social cuando se compruebe que la documentación entregada haya sido falsa, apócrifa, alterada, modificada; falsificada y/o cuando se compruebe que el solicitante no cuenta con alguna actividad económica y/o incumpla con lo establecido en el punto 10 de esta convocatoria, o cuando sea beneficiario de otro Programa o Acción Social con un objetivo similar ejecutado por cualquier nivel de gobierno durante el ejercicio fiscal 2024, baja que tendrá como consecuencia el reintegro del beneficio económico que en su caso, hubiere sido entregado, además del aviso a las autoridades competentes para las acciones que en su oportunidad resulten conducentes
11.15. El registro de solicitudes no garantiza la asignación de los apoyos de esta Acción Social, sólo garantiza el derecho a ser calificado como favorable o desfavorable.
11.16. El número de registro se entregará únicamente a aquellas personas solicitantes, que hagan entrega de su solicitud y documentación completa.
11.17. Todos los trámites y formatos para realizar son gratuitos.
11.18. Todos los trámites y actividades que se realicen para la implementación y operación de esta Acción Social se llevarán a cabo de acuerdo con lo establecido en la nueva normalidad.
11.19. Los aspectos no previstos en los presentes Lineamientos, serán resueltos por la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico.
11.20. Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo a la ley aplicable y ante la autoridad competente.
12.- Difusión.
12.1. La información se brindará en la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico, a través de sus áreas administrativas correspondientes. Se darán a conocer los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas interesadas puedan acceder al disfrute de los beneficios de la presente Acción Social, mediante convocatoria que se dará a conocer a través de los siguientes medios:
–
Publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
–
Redes sociales oficiales de la Alcaldía
–
Sitio web: https://mcontreras.gob.mx
13.- Padrón de personas beneficiarias, facilitadoras de servicios y/o listado de identificación de personas usuarias.
13.1. Los datos solicitados a los participantes de la Acción Social para la integración del padrón serán cuando menos los siguientes:
1.- Nombre completo.
2.- Lugar y fecha de nacimiento.
3.- Sexo.
4.- Edad.
5.- Tiempo de residencia en la Ciudad de México (Específicamente en La Magdalena Contreras).
6.- Domicilio particular.
7.- Domicilio del establecimiento mercantil.
8.- Clave Única de Registro de Población.
9.- Teléfono Celular.
10.-Teléfono Fijo.
11.-Firma.
12.-Giro del negocio.
13.2. Todos los datos personales y la información adicional generada y administrada, se regirá por lo establecido en la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México; y en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
14.- Criterios de exigibilidad, inconformidad y rendición de cuentas.
14.1. La persona que desee interponer una queja lo podrá hacer de la forma siguiente:
Solicitando audiencia o presentar su queja mediante escrito libre dirigido a la persona Titular de la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico de la Alcaldía La Magdalena Contreras; mismo que deberá ser entregado en el domicilio ubicado en Río Blanco número No. 9, Col. Barranca Seca, CP 10580, tel. 5449 6089, en Horario de 9:00 a 18:00 horas. Las quejas sobre la Acción Social, las podrá realizar la persona solicitante, si considera que se le excluye, incumplen o contravienen, las disposiciones previstas en la Ley serán de acuerdo a los siguientes lineamientos.
Los requisitos mínimos que debe contener el escrito de queja son:
Nombre, domicilio y en su caso número(s) telefónico(s) de la persona solicitante que presenta la queja.
– Motivo de la queja: Descripción precisa del hecho que motivó la queja.
Una vez interpuesta la queja o inconformidad, la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico dará el seguimiento y emitirá respuesta a través de las áreas operativas, en un plazo no mayor a 15 días hábiles. La respuesta se notificará en el domicilio de la persona interesada.
14.2. En caso que la dependencia o entidad responsable de la presente Acción Social no resuelva la queja, las personas interesadas podrán presentar quejas por considerarse indebidamente excluidos de la Acción Social o por incumplimiento de la garantía de acceso a los programas, ante la procuraduría Social de la Ciudad de México o bien, registrar su queja a través del Servicio Público de Localización Telefónica, LOCATEL, quien deberá turnarse a la Procuraduría Social para su debida investigación y en su caso a la instancia correspondiente.
14.3. Se prohíbe cualquier acto o conducta discriminatoria por acción u omisión por parte de las personas servidoras públicas, en la implementación, seguimiento o evaluación de la Acción Social. La violación a esta disposición será sancionada conforme al marco jurídico vigente en la Ciudad de México y las personas beneficiarias podrán acudir al Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) para su investigación.
14.4. La Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal señala que es derecho de las y los habitantes del Distrito Federal que, a través de diversas normas y procedimientos, los derechos sociales sean progresivamente exigibles a través de las diferentes políticas y programas, además de la disposición presupuestal con que se cuente.
Así mismo, el artículo 70 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal, “Es obligación de los servidores públicos responsables de la ejecución de los programas, tener a la vista del público los requisitos, derechos, obligaciones y procedimientos para que las personas beneficiarias puedan acceder a su disfrute y en caso de omisión, puedan exigir su cumplimiento a la autoridad responsable en apego a la normatividad aplicable”.
En concordancia con lo anterior, La Alcaldía Magdalena Contreras establece que se compromete:
1.- La presente convocatoria contiene los requisitos, derechos, obligaciones, procedimientos y plazos para que las personas interesadas puedan acceder a la misma.
2.- Publicar en su página de internet, así como colocar en las mamparas de las instalaciones de las oficinas de la Alcaldía, los requisitos, procedimientos y plazos para que las personas interesadas puedan acceder al disfrute de o los beneficios de la presente Acción Social.
3.- Para exigir el derecho a ser persona usuaria y/o beneficiaria de esta Acción Social, se deberá ingresar un escrito a la Dirección General de Desarrollo y Fomento Económico, a través de la Subdirección de Empleo y Fomento al Consumo Local, ubicada en Río Blanco No. 9, Colonia Barranca Seca, Alcaldía La Magdalena Contreras, C.P. 10580, haciendo explícitas las causas por las cuales se considera que se está siendo excluido de la misma.
4.- Los casos en los que las personas interesadas podrán exigir los derechos por incumplimiento o por violación de estos son los siguientes:
5.-Cuando una persona solicitante cumpla con los requisitos y criterios de inclusión para acceder a determinado derecho (garantizado por un programa o acción social) y exija a la autoridad administrativa ser derechohabiente de éste.
6.- Cuando la persona solicitante de Acción Social exija a la autoridad que se cumpla con dicho derecho de manera integral en tiempo y forma, como lo establece la misma Acción Social.
7.- Cuando no se pueda satisfacer toda la demanda de incorporación a una Acción Social por restricción presupuestal, y éstas exijan que las incorporaciones sean claras, transparentes, equitativas, sin favoritismos, ni discriminación.
El Órgano Interno de Control, es el Órgano competente para conocer las denuncias de violación e incumplimiento de derechos en materia de Desarrollo Social.
15.- Evaluación y monitoreo.
15.1. Para la construcción de indicadores de resultados y de gestión, se seguirá la Metodología de Marco Lógico con la finalidad de evaluar de manera puntual, precisa y transparente el cumplimiento de los objetivos y metas esperadas, el impacto alcanzado, la opinión de los beneficiarios y de los ciudadanos, de conformidad a lo siguiente:
Nivel de Objetivo | Objetivo | Nombre del Indicador | Fórmula de cálculo | Unidad de medida | Frecuencia/Periodo de cálculo | Meta | Medios de Verificación |
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Propósito | La población beneficiada fomenta la activación económica a partir de micro y pequeños negocios | Porcentaje de satisfacción en beneficiarios de apoyos | Metas propuestas / Apoyos entregados * 100 | Porcentaje | Trimestral, Al finalizar actividades de la Acción Social, octubre 2024 | 100% | Encuesta de satisfacción a los beneficiarios de los apoyos |
Componente | Apoyos otorgados | Porcentaje de cumplimiento de metas | Metas propuestas / Apoyos entregados * 100 | Porcentaje | Trimestral, Al finalizar actividades de la Acción Social, octubre 2024 | 100% | Padrón de beneficiarios |
Actividad | Medir el cumplimiento de las actividades de la política pública | Porcentaje de actividades cumplidas | Actividades realizadas/ Actividades planificadas * 100 | Porcentaje | Trimestral, Al finalizar actividades de la Acción Social, octubre 2024 | 100% | Lineamientos |
16. Disposiciones finales.
16.1. Este programa social atenderá las disposiciones sanitarias vigentes en cada momento en la Ciudad de México.
Se aplicarán las medidas señaladas por la ley cuando los solicitantes proporcionen información falsa, mientan sobre su participación en otros programas sociales o cometan fraude en contra de este Órgano Político Administrativo.